Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 10 y 25 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores., de 14 de Diciembre de 2017

Que reforma los artículos 10 y 25 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a cargo del diputado Ángel García Yáñez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

Quien suscribe, Ángel García Yáñez, diputado federal e integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

En la actualidad, el envejecimiento de la población es uno de los fenómenos demográficos de mayor trascendencia en el mundo y nuestro país no ha quedado exento de este fenómeno global.

Las cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) señalan que actualmente, el 11.5 por ciento de la población tiene 60 o más años de edad. Las proyecciones indican que para el año 2030, el número de adultos mayores será de 20.4 millones, lo que representará el 14.8 por ciento i de la población del país, misma que para el año 2050 alcanzará el 22 por ciento; es decir, casi la cuarta parte de la población nacional estará en la senectud.

Este incremento en el porcentaje de personas seniles se produce debido al aumento de la esperanza de vida secundaria, que es una consecuencia de las mejoras ocurridas en los sistemas de salud, aunada a la disminución de la natalidad, entre otros factores.

Este cambio de estructura poblacional también se presenta en los países desarrollados, donde los ancianos constituyen aproximadamente el 20 por ciento de la población, así como en aquellos en vías de desarrollo, donde viven alrededor de las tres cuartas partes de este grupo poblacional. ii

El envejecimiento de un porcentaje significativo de la población no es sólo un asunto que atañe a quienes se encuentran en ese sector; por el contrario, nos debe interesar a toda la sociedad, debido a las fuertes implicaciones que tiene en el ámbito social, cultural e, incluso, presupuestal.

Además, en función a la heterogeneidad de factores que rodean al tema de la vejez, se considera que no hay una sola vejez, sino múltiples; ello implica, no sólo considerar la edad, sino también las relaciones personales y la interacción social, así como la percepción que en el imaginario colectivo se tiene de esta condición. iii

Debido a que el acelerado envejecimiento de la población tiene implicaciones que requieren acciones integrales y de amplio alcance en materia de salud, educación, laboral y social, se requiere el esfuerzo conjunto de diversas instituciones públicas, tal como se señala en la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Al respecto, en la citada Ley, se señala al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam) como la dependencia responsable de coordinar los planes, programas y proyectos tendientes a mejorar las condiciones que impliquen su desarrollo integral; en específico, su artículo 25 señala...

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