Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 70 de la Ley Agraria, en materia de parcela escolar., de 20 de Octubre de 2016

Que reforma y adiciona el artículo 70 de la Ley Agraria, suscrita por el diputado Juan Manuel Celis Aguirre e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y del PRI

Los que suscriben diputados Juan Manuel Celis Aguirre, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Maricela Serrano Hernández, del Partido Revolucionario Institucional; Telésforo García Carreón, del Partido Revolucionario Institucional; Hersilia Córdova Morán, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Edith Villa Trujillo, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Héctor Javier Álvarez Ortiz, del Partido Revolucionario Institucional; y Diputados Federales del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integrantes de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6°, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 70 de la Ley Agraria, al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

México a través de la historia ha pugnado por los derechos sociales de sus habitantes, por ello ha consagrado en nuestro marco constitucional diversos postulados que le den las garantías y la seguridad como son el derecho a la educación, la salud, la vivienda, al trabajo, así como uno de suma importancia que es el de la tenencia de la tierra y en consecuencia lo que implica su usufructo. Con ello se busca atender y hacer valer el principio señalado en el artículo 4 de nuestra Carta Magna que: “Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará”. 1

Los postulados del Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018) establecen que: “En primer lugar, se busca garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales para toda la población. Esto implica asegurar una alimentación y nutrición adecuada de los individuos en condición de extrema pobreza o con carencia alimentaria severa. Es decir, un México sin hambre. Asimismo, el ejercicio efectivo de los derechos sociales implica fortalecer el desarrollo de capacidades en los hogares con carencias para contribuir a mejorar su calidad de vida e incrementar su capacidad productiva”. 2

En el mes de enero de 2013, como objeto de contribuir a la reducción de la pobreza, el Ejecutivo Federal emite el Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada Contra el Hambre. En este documento se señala que: “el Estado mexicano ha desplegado en años anteriores recursos cuantiosos para atender la problemática alimentaria del país y, a pesar de ello, ha persistido en México una alta incidencia de personas que experimentan situaciones de hambre, particularmente entre la población más pobre, lo cual tiene efectos negativos en el desarrollo físico y mental de las personas y limita notablemente la calidad de vida de las mismas, afectando en la práctica el acceso generalizado a los derechos sociales y a la justicia social”. 3

El campo es un sector estratégico para el desarrollo y crecimiento económico del país, ya que puede ser la causa favorable para detonar su potencial, que permita reducir la pobreza e incidir sobre el desarrollo regional. El sector agrícola presenta diversas áreas de oportunidad para fortalecerse, por lo que es importante impulsar una estrategia para construir el nuevo rostro del campo y del sector agroalimentario, con un...

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