Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 40 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 30 de Abril de 2008

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 40 Y 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS JAVIER GONZÁLEZ GARZA, JOSÉ ANTONIO ALMAZÁN GONZÁLEZ Y SUSANA MONREAL ÁVILA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Los firmantes de la presente, diputados federales Javier González Garza, José Antonio Almazán González y Susana Monreal Ávila, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en representación de los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, someten a consideración de esta soberanía el proyecto de decreto que reforma los artículos 40 y 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en atención a la siguiente

Exposición de Motivos

La constitución del Estado laico mexicano siempre ha sido cuestionada por grupos intolerantes, minoritarios pero influyentes, que aspiran al restablecimiento de un Estado confesional.

A principios de octubre de 2007, tanto el enviado del Vaticano Dominique Mamberti como la Arquidiócesis de México insistieron en solicitar la reforma de la Constitución para que se permita la educación religiosa en escuelas públicas y para que los ministros de culto intervengan en política. Al mismo tiempo, autoridades del estado de Guanajuato han pretendido asignar nombres, del ámbito religioso, a obras públicas, calles e incluso ciudades.

Estas pretensiones no se han quedado en meros deseos. En los últimos años hemos presenciado cómo, desde el púlpito, en las calles o a través de los medios de comunicación diversas Iglesias han sido firmes opositoras a recientes reformas en temas como los derechos reproductivos y las sociedades de convivencia, e incluso tuvieron destacada participación política en la campaña presidencial de 2006. Estas acciones chocan abiertamente con la letra y el espíritu del artículo 130 constitucional.

El 24 de diciembre de 2007, el gobernador de Nuevo León, José Natividad González Parás, tuvo a bien vetar una denominada "Ley de la Familia" –recién aprobada por el Congreso local, dominado por una mayoría ultraconservadora–, que era profundamente contraria a las garantías individuales establecidas en la Constitución, por discriminar a las personas que no encajan en los patrones de la familia tradicional, especialmente a las madres solteras.

Adicionalmente, la opinión pública nacional ha sido conmovida por las recientes revelaciones de actos de pederastia y encubrimiento en diversas Iglesias. Los penosos hechos que rodean estos escándalos evidencian la existencia de un auténtico fuero religioso que otorga total impunidad tanto a los responsables como a los encubridores de estos crímenes.

Todo ello ha creado la percepción, en amplios sectores de la sociedad, de que es pertinente reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de reforzar la naturaleza laica del Estado mexicano y poner coto y valladar a los abusos cometidos en materia sexual por religiosos, así como para garantizar que se indemnice a las víctimas.

Antes de exponer nuestras propuestas de reforma del artículo 130 constitucional, nos permitimos hacer una breve referencia de algunas de las causas históricas de la lucha por un Estado laico.

Aunque los nuevos Estados independientes de América Latina no se proponían, en un primer momento, la separación de la Iglesia y del Estado, pronto fue evidente que para lograr la plena soberanía del segundo y la legitimidad basada en el sufragio ciudadano, así como contar con los suficientes recursos para financiar la implantación de políticas públicas, era menester dicha separación.

El logro de este objetivo ha sido causa de numerosos y sangrientos conflictos a lo largo de la historia de América Latina y particularmente en México. "La Constitución liberal de 1857, por omisión, decretó de hecho la separación, pues simple y sencillamente no hizo mención de tratamientos privilegiados a la Iglesia o intolerancia hacia las otras religiones. La Guerra de Tres Años que le siguió (1857-1860) habría de radicalizar de tal manera las posiciones entre conservadores y liberales, que conduciría a la promulgación de las Leyes de Reforma. Éstas decretaron la nacionalización de los bienes eclesiásticos, la separación entre el Estado y la Iglesia, la creación del registro y el matrimonio civil, y la secularización de los cementerios. Estas reformas nos pueden parecer poca cosa en nuestros días, pero en su momento terminaron con el antiguo régimen y sentaron las bases para la construcción de un México con libertades modernas". 1

El estallido de la Revolución Mexicana de 1910-1917, plena de reivindicaciones sociales y democráticas, adquirió un carácter marcadamente anticlerical. "Independientemente de las razones del radicalismo revolucionario en relación con la Iglesia, lo cierto es que las medidas impuestas en la Constitución de 1917 buscaron la desaparición del poder religioso en la nueva sociedad que se pretendía construir. El no reconocimiento jurídico a las Iglesias, la prohibición para que poseyeran bienes, las limitaciones al culto externo fuera de los templos, la imposibilidad de construir partidos políticos con referencias religiosas y prohibiciones para que los ministros de culto participaran en actividades políticas fueron todas medidas anticlericales (no antirreligiosas) que, en última instancia, condujeron a la eliminación de la Iglesia católica en la esfera sociopolítica. Desde esa perspectiva, aun si no era ése el objetivo, contribuyeron a la construcción y el fortalecimiento del Estado laico mexicano, es decir, a un sistema político que prescindió en buena medida durante el siglo XX de formas de legitimación provenientes de las instituciones religiosas. No es un azar entonces que la jerarquía de la Iglesia católica haya reaccionado con una firmeza e intransigencia inusitadas a las medidas anticlericales y que las posturas de revolucionarios radicales, así como de católicos integristas, hayan desembocado en enfrentamientos políticos y armados, como la Guerra Cristera. Lo que estaba en juego era un sistema sociopolítico y los fundamentos de la autoridad en el nuevo Estado". 2

Esa laicidad del Estado mexicano, lograda a través de múltiples vicisitudes, ha sido garantía para el logro de una mejor convivencia entre los diversos sectores de nuestra sociedad —independientemente de las opiniones de cada individuo en materia religiosa— y ha posibilitado la profundización de las libertades y los derechos democráticos. Este propósito mantiene su vigencia a raíz del notable crecimiento de doctrinas religiosas distintas de la católica y del sector de la población que no profesa ninguna.

Por la misma razón fue posible que, en 1992, se introdujeran...

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