Iniciativa parlamentaria que reforma los artículos 7 y 8 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes., de 17 de Abril de 2007

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 7 Y 8 DE LA LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS DE LEÓN TELLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Jesús de León Tello, diputado federal del Partido Acción Nacional, con los diputados Édgar Armando Olvera Higuera, Mario Eduardo Moreno Álvarez y Edmundo Javier Bolaños Aguilar, en ejercicio de su facultad legislativa presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 7 y 8 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

Los derechos de la niñez deben ser una prioridad nacional. Estudios actuales, nacionales e internacionales, revelan la gran problemática que México enfrenta para garantizar que su futuro, los niños y las niñas, crezcan libres de toda violencia, marginación y desigualdad social.

En 1990, el Estado mexicano aprobó la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez, la cual constituye sin duda un instrumento fundamental para construir una nueva visión sobre la infancia y sus derechos fundamentales en una sociedad más libre, justa, solidaria e igualitaria. Como Estado firmante, estamos comprometidos a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos establecidos en la citada convención. Con base en ello, desde el punto de vista legislativo y durante los 16 años de vigencia de esta norma, parte del orden jurídico nacional, se aprobaron diversas reformas legislativas relacionadas con los derechos de la niñez, sobre todo a partir de la segunda mitad de los noventa.

Dichas reformas tocaron aspectos como la violencia intrafamiliar, las adopciones, y la tipificación de delitos cometidos contra niñas y niños, entre las principales. Igualmente, se expidieron leyes locales y en el Distrito Federal para garantizar los derechos de la niñez, siendo que hasta diciembre de 1999, el Constituyente Permanente no aprobó la reforma y adición del artículo 4o. de la Constitución federal, donde se introduce la noción de los derechos de niñas y de niños, se señalan algunos de éstos y las obligaciones básicas de la familia, la sociedad y el Estado para protegerlos.

En 2000 se publicó finalmente la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que aprobó el Congreso de la Unión para el ámbito federal.

Es claro que esta política legislativa, a partir del compromiso internacional que firmó México en la materia, debe considerarse un paso fundamental en materia de protección de los derechos de la niñez. No obstante, la agenda en materia legislativa no está satisfecha plenamente, ni mucho menos el debate está cerrado en diferentes temas pendientes de legislar.

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