Iniciativa parlamentaria que reforma el art, de 26 de Abril de 2023

Que reforma el artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por la diputada Leticia Zepeda Martínez y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PANLa que suscribe, Leticia Zepeda Martínez, en nombre de los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el párrafo sexto de la fracción III del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos1. El órgano interno de control de cada dependencia o entidad de la administración pública federal o estatal tiene como función principal llevar a cabo actos de gobierno basados en la interrelación equilibrada del Estado, la sociedad civil y el mercado, para lograr un desarrollo económico, social e institucional estable, con base en eficacia y eficiencia, previendo las desviaciones y promoviendo la adecuada y transparente aplicación de los recursos.En la administración pública federal, como se establece en el artículo 76, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se funda y motiva las facultades exclusivas del Senado de la República, y entre ellas estará ratificar el nombramiento del secretario encargado del control interno del Ejecutivo Federal, así como en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el artículo 37, la Secretaría de la Función Pública organizará y controlará el sistema de control interno.La Secretaría de la Función Pública dará coherencia y unicidad a los procesos de interacción de los Controles Internos y externos de la Administración Pública Federal, debiendo homologar y alineará los procesos para una mejor prevención de actos de corrupción.El artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece las características para las unidades de auditoría preventiva, las cuales ocupan el lugar de los órganos de control interno, entre otras: • Los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal se encargarán de mantener el control interno y de gestión de la dependencia o entidad que encabecen, con el apoyo deUnidades de Auditoría Preventiva. Los propios titulares tendrán la obligación de nombrar a los auditores preventivos de su respectiva dependencia y entidad, con base en los perfiles que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para apoyar la política de control interno y la toma de decisiones relativas al cumplimiento de los objetivos y políticas institucionales, al óptimo desempeño de servidores públicos y órganos, a la modernización continua y desarrollo eficiente de la gestión administrativa y al correcto manejo de los recursos públicos; • Mediante las disposiciones generales que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respecto de la organización, funcionamiento y supervisión de los sistemas de control interno, además de las Unidades de auditoría preventiva, mejora de gestión en las dependencias y entidades de la administración pública federal y presentación de informes por parte de dichas unidades, las cuales se regirán también por las leyes y disposiciones sobre adquisiciones, obra pública, presupuesto, contabilidad, fiscalización superior, procedimiento administrativo, transparencia y acceso a la información, responsabilidades, combate a la corrupción y otras afines a la materia; • Las unidades de auditoría preventiva formarán parte del sistema nacional de fiscalización e incorporarán en su ejercicio las normas técnicas y códigos de ética de conformidad con las mejores prácticas que considere el referido sistema; y • Las unidades de auditoría preventiva de cada dependencia y entidad formularán en noviembre su plan anual de trabajo y de auditorías. En los meses de mayo y noviembre entregarán informes tanto al titular de la dependencia o entidad de que se trate, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sobre hallazgos en la gestión y recomendaciones en relación con las acciones correctivas, preventivas y oportunidades de mejora respecto de la calidad y eficiencia de los distintos procesos internos y ejecución de los programas, así como sobre la eficiencia y eficacia en la administración de los recursos humanos, materiales y financieros y de los servicios generales, además de los correspondientes a la situación de desempeño y el ejercicio del gasto; y en su caso, sobre la relación de los procedimientos abiertos por causas disciplinarias, de presunta responsabilidad administrativa y de sanciones aplicadas por la propia unidad de auditoría preventiva, así como de las denuncias presentadas ante la autoridad competente por actos de corrupción.Con este sistema se pretende atender las necesidades de la sociedad civil y del gobierno mismo, entre ellas estará la rendición de cuentas de las personas que ejecutan los recursos, públicos federales, y los propios, generando seguridad de que el Presupuesto sea ejercido de la mejor forma.2. Una de las atribuciones de los órganos de control interno es identificar riesgos en cualquier etapa misma del procedimiento o acto administrativo, con ello, tratar de identificar los obstáculos para la adquisición de los objetivos y las mejores condiciones de desarrollo del ámbito de la administración pública misma.En su artículo El control interno de la administración pública federal, el doctor Carlos F. Matute González, especialista en la materia, define control interno como “el conjunto de procesos, mecanismos y elementos organizados y relacionados que interactúan entre sí, y que se aplican de manera específica por una Institución a nivel de planeación, organización, ejecución, dirección, información y seguimiento de sus procesos de gestión, para dar certidumbre a la toma de decisiones y conducirla con una seguridad razonable al logro de sus objetivos y metas en un ambiente ético, de calidad, mejora continua, eficiencia y de cumplimiento a la ley”. 1Del concepto anterior podremos entonces tomar que los controles internos deberán • Coadyuvar al desarrollo integral de la administración pública; • Vigilar y supervisar los ingresos, egresos, bienes y recursos; • Transparencia al empleo y registro de todas las transacciones de la administración pública; • Establecer y operar un sistema de control y evaluación del gasto público en relación al presupuesto de egresos; • Fijar las normas de control, fiscalización, contabilidad y auditoría que deben observar las dependencias de la administración pública; • Atender las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía, relativas al ámbito de su competencia; • Organizar y coordinar el proceso de la entrega-recepción de las dependencias y entidades de la administración pública; y • Vigilar el comportamiento de la situación patrimonial de los servidores públicos. Como se desprende del mismo concepto, el control interno consta de tres etapas: • Planeación: Consiste en establecer las metas y los objetivos medibles y precisos que se deben de lograr en un acto administrativo; • Dirección, que son las estrategias que se van a planear para llevar a cabo los fines de la planeación; y • Ejecución que es la materialización de...

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