Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para que la FGR cuente con la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Ambientales., de 18 de Abril de 2023

Que reforma el artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Rubén Ignacio Moreira Valdez, Melissa Estefanía Vargas Camacho y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PRIQuienes suscriben, Rubén Moreira Valdez, Melissa Estefanía Vargas Camacho, Alma Carolina Viggiano Austria, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, Laura Lorena Haro Ramírez, María de Jesús Aguirre Maldonado y diputada Marcela Guerra Castillo, diputados federales, integrantes de esta LXV Legislatura y del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del inciso A) del artículo 102 de la Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos; al tenor de la siguiente: Exposición de MotivosEn los últimos años la preocupación por proteger el medioambiente se ha reflejado en la aparición de una gran cantidad de disposiciones en materia ambiental insertadas en el sistema jurídico mexicano y, en años recientes, se han extendido al ??ámbito penal.Los ilícitos relacionados con el ambiente han crecido en número y complejidad. En respuesta a este incremento, se han tenido que implementar nuevos y complejos métodos para evitar que el delincuente ambiental se sustraiga a la acción de la justicia.Los principios ambientales en México se establecen fundamentalmente en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, en ella se encuentran tipificados los delitos y sanciones para las empresas y los particulares que contaminen o afecten al ambiente o provoquen desequilibrio ecológico en: aire, agua, suelo, flora y fauna silvestre, acuática y terrestre, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar. No obstante, ésta se complementa con diversas leyes y reglamentos específicos de otros ámbitos. La responsabilidad ambiental en México puede surgir de conformidad con disposiciones de carácter administrativo, civil o penal establecidas por los gobiernos federal o estatal, pero la mayor parte de los litigios ambientales se inician a nivel administrativo, en muchos casos, sin los resultados esperados.La importancia de la protección y la intervención del derecho en el medioambiente debe ser incuestionable, y su protección no debe quedar al margen. Y es que este principio debe defender al medioambiente mediante el establecimiento de un doble interés, de la mano de lo que se conoce como desarrollo sostenible/sustentable, y es que si bien, se deben impulsar los sectores económicos y sociales para alcanzar un buen desarrollo colectivo y, por otro lado, es necesario proteger a la sociedad de los mecanismos empleados en cuanto a la contaminación, destrucción y perturbación que puedan producir para lograr dicho desarrollo.Así pues, la defensa y protección al medioambiente no debe quedar en entredicho si estamos ante un bien jurídico o no, o si lo que se defiende es otro bien jurídico y no el medioambiente, por lo que su protección es necesaria e impostergable. El derecho penal debe afrontar las nuevas realidades sociales, entre las que sin duda el medioambiente ostenta un papel primordial.Ante ello, es fundamental que la Fiscalía General de la República, incorpore un enfoque multidisciplinario que le ayude a maximizar los resultados en la procuración de la justicia ambiental, dando certidumbre a la investigación y persecución de delitos del fuero federal, con apego a los principios de legalidad, honradez, eficacia, seguridad y certeza jurídica, que permita una estructura funcional, garantizando en todo momento el desarrollo integral del Estado de Derecho.Esta visión integral conjuga el análisis técnico, científico y legal, con la finalidad de impulsar el correcto funcionamiento de los procedimientos penales de la Fiscalía, a través del reforzamiento de los criterios en la aplicación de la justicia.La Fiscalía General de la República, en el ámbito de su competencia, a través de sus Agentes del Ministerio Público de la Federación se encargan de representar a la sociedad en la investigación y persecución de delitos del fuero federal, con apego a los principios de legalidad, honradez, eficacia, seguridad y certeza jurídica, que permita una estructura funcional de procuración de justicia, garantizando el desarrollo integral del Estado de Derecho.Diputadas y diputadosLos problemas ambientales son todos aquellos que dificultan que sea posible disfrutar del derecho humano a tener un medio ambiente saludable.La fragmentación y la acelerada destrucción de los ecosistemas ha colocado en verdadero riesgo a...

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