Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con el propósito de hacer efectiva la protección a la privacidad y a la autodeterminación informativa de las personas., de 23 de Marzo de 2023

Que reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PTEl suscrito, Jesús Fernando García Hernández , diputado federal a la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 63 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con el propósito de hacer efectiva la protección a la privacidad y a la autodeterminación informativa de las persona s, con base en la siguiente Exposición de MotivosLos datos personales constituyen hoy día un activo de enorme valor en el ámbito comercial, dado que su tráfico en el mercado negro ha perfilado un lucrativo negocio que violenta abiertamente la legislación por la que se ordena regular su tratamiento legítimo, controlado e informado; cuyo propósito está en garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.Violenta, en principio, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Organización de las Naciones Unidas, en cuyo documento, el artículo 12 establece que “nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación”: cuando determina asimismo que “toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.A partir de esta declaración, los países han promulgado leyes en materia de protección de datos personales, que en esencia tienen por objeto proteger la información de las personas en manos de particulares, procurando el derecho a la privacidad, buscando evitar así, entre otras afectaciones, el uso indiscriminado que ahora ocurre por causas comerciales.En el caso de nuestra nación, el ordenamiento en la materia tiene como principios fundamentales el que “los responsables en el tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad”.Garantiza además como derechos para el titular de la información, el que...

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