Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 258 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para garantizar de manera efectiva el derecho al voto en las casillas especiales., de 22 de Marzo de 2023

Que reforma el artículo 258 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, a cargo del diputado Alberto Anaya Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del PTEl que suscribe, diputado Alberto Anaya Gutiérrez, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 6, numeral 1, fracción I; artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 258 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para garantizar de manera efectiva el derecho al voto en las casillas especiales, de conformidad con la siguiente Exposición de MotivosA tenor de lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los diversos tratados internacionales de los que nuestro país forma parte, el Estado tiene el deber de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; el voto, como derecho fundamental, es la herramienta imprescindible de la vida democrática. Tenemos la imperiosa necesidad de velar por su más amplia protección y alcance; no limitarlo tal como sucedió el pasado 6 de junio del 2021, donde la participación ciudadana de miles de personas que no pudieron acudir a su distrito electoral, y quienes pretendían emitir su voto a través de las casillas especiales, resultó vulnerada, limitada y, en algunos casos, hasta restringida.Pese a que, en la pasada elección intermedia, se registró la mayor participación de los últimos 20 años, con un porcentaje aproximado al 52 por ciento, 1 hubo una serie de escollos que intervinieron en la fluidez del proceso electoral. Aunque la población ha encontrado en las votaciones la manera de participar en el devenir político, económico y social, el Estado aún no ha podido generar las políticas, ni los instrumentos necesarios para garantizar la participación de manera efectiva.El camino no ha sido fácil, en esta democracia evolutiva hay una gran cantidad de situaciones con amplio margen de mejora; los defectos de nuestro sistema electoral se visibilizan, precisamente, el día de las elecciones, en consecuencia, una vez conocidas las deficiencias, se tiene la oportunidad de atenderlas para que, eventualmente, mejoremos y fortalezcamos nuestros ejercicios democráticos. Pequeñas acciones generan grandes cambios; la historia nos lo ha demostrado, seguimos avanzando sobre la vía del reconocimiento integral de los derechos político-electorales y la participación ciudadana.Historia del voto en MéxicoA diferencia de Europa, que registró nacer a la democracia ateniense, una de las más importantes en la historia de la humanidad, en México la democracia ha ido evolucionando de manera gradual. Nuestra democracia no puede entenderse sin la sociedad que ha levantado la voz, que ha salido a la calle a exigir el reconocimiento de sus derechos político-electorales y ha conseguido, eventualmente, ganar espacios. En la conquista de sus derechos, como decía el escritor estadounidense, Isaac Asimov, “Es el cambio, el cambio continuo, el cambio inevitable, el factor dominante de la sociedad actual”.Para hablar de la historia del voto en México, retomando las ideas del historiador José Manuel Villalpando, 2 tendríamos que remontarnos a los tiempos post independientes, cuando al amparo de la Constitución de 1824, los hombres mexicanos sufragaron por vez primera a través de votaciones indirectas; posteriormente, en las Constituciones de 1836 y 1843, con alta influencia conservadora –y hasta discriminatoria–, pues en las elecciones se limitó el ejercicio del voto para delimitarlo a los hombres mayores de edad, que supieran leer y escribir y que tuvieran ingresos de más de cien pesos al año; años más tarde, en la Constitución de 1847 se estableció de manera definitiva el primer acercamiento al “voto universal”. Un voto para cada hombre, sin distinción de su procedencia, raza, creencias o condición social.Fue nuestra Carta Magna de 1917, que hasta el día de hoy nos rige, la que dio origen al constitucionalismo social, mismo que establece que la máxima ley de un pueblo no sólo debe fijar la base organizativa del Estado y reconocer las garantías individuales, sino también ser garante de los derechos sociales, económicos y culturales de las clases populares 3 y, en el tema electoral, siguiendo la premisa de Francisco I. Madero: “Sufragio efectivo, no reelección”, se estableció la votación universal directa, prescindiendo de los electores intermedios que eran votados, y que éstos a su vez elegían a los gobernantes.Sin embargo, aunque se dieron pasos firmes en el reconocimiento de los derechos, había una ausencia notable al momento de las elecciones: la participación y voto de las mujeres. Fue hasta 1953, dentro del periodo de Adolfo Ruiz Cortines, entonces presidente de México, que se promulgaron las reformas constitucionales para que las mujeres mexicanas gozaran de la ciudadanía plena, y en consecuencia, podrían participar en los procesos electorales: votar y ser votadas.Bien lo dijo Hermila Galindo, una férrea luchadora social, feminista y que se convertiría finalmente en la primera mujer congresista federal en México: 4 “Es de estricta justicia que la mujer...

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