Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 1205 del Código de Comercio, en materia de contratos celebrados mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología de igual o distinta jurisdicción al oferente., de 25 de Octubre de 2022

Que reforma el artículo 1205 del Código de Comercio, suscrita por el diputado Salvador Alcántar Ortega y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PANEl que suscribe, diputado federal Salvador Alcántar Ortega, y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 1205 del Código de Comercio, en materia de contratos celebrados mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología de igual o distinta jurisdicción al oferente, al tenor de la siguiente Exposición de MotivosLas tecnologías forman parte fundamental del desarrollo de la humanidad; actualmente las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) permiten el desarrollo comercial a escala global, lo que facilita que empresas remotas puedan tener sedes en distintas partes del mundo. Con la transformación de la industria el sector legal también ha cambiado como consecuencia. 1En el aspecto legal, los contratos son los que regulan los términos entre dos partes o más individuos, dichos acuerdos dan certeza jurídica entre los participantes, de modo que si alguno incumple lo acordado se puede iniciar un proceso para garantizar el acuerdo.Con el avance de los medios tecnológicos y la popularización de los trabajos a distancia, los medios electrónicos predominan en la celebración de actos jurídicos, entre ellos los contratos civiles y mercantiles. 2Debido a la pertinencia civil, laboral y mercantil, la aplicación de contratos ha existido desde hace cientos de años; sin embargo, también han existido problemas en su elaboración, seguimiento y aplicación. 3Según la firma SpringCM, una de las limitaciones que enfrentan las organizaciones es la escasez de procesos para administrar y avanzar en los contratos. En el mismo estudio se encontró que el 64% de las empresas afirman que los procesos de aprobación de contratos alientan la admisión de un trabajo e inclusive la estancan. 4De acuerdo con Arturo Canseco Álvarez, Legaltech Analyst de la firma mexicana especializada en gestión de contratos inteligentes, TRATO.io: “Las ventajas que ofrecen los contratos celebrados mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología es que digitalizan los procesos empresariales y agilizan la interacción entre socios, proveedores y usuarios finales. Evitan la fricción, que es todo el tema de cargar con documentos físicos y expedientes, y...

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