Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para que las personas físicas puedan hacer deducciones personales por el pago de honorarios de servicios veterinarios profesionales., de 6 de Julio de 2022

Que reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, recibida del senador Víctor Oswaldo Fuentes Solís, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022Víctor Oswaldo Fuentes Solís , senador a la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; fracción I, numeral 1, del artículo 8, artículo 164 y artículo 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta , lo anterior al tenor de la siguiente: Exposición de MotivosEn diciembre del año 2019 se registró el brote de un nuevo coronavirus denominado Covid-19 en la Ciudad de Wuhan, China; a partir de esa fecha los casos en el mundo fueron creciendo exponencialmente hasta decretarse la pandemia, en donde se han registrado contagios que suman hasta el momento de la realización de este documento legislativo más de 247 millones de casos confirmados y desafortunadamente más de 5 millones de fallecidos en todo el planeta. 1En México, la Secretaría de Salud del gobierno federal dio a conocer el informe que contiene datos históricos rezagados desde el inicio de la pandemia al 14 de junio de 2022, teniendo que las cifras en México son 2 5 millones 825 mil 532 casos confirmados y 339 mil 245 defunciones por Covid-19.Esta emergencia sanitaria ha venido a comprometer mayormente la ya compleja situación económica de los emprendedores mexicanos, las empresas e inevitablemente toda la gama de contribuyentes del Estado mexicano, en donde muchos de los referidos contribuyentes, a pesar de esta situación atípica, no han dejado de cumplir con sus obligaciones fiscales.En este orden de ideas, conviene señalar que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 31, fracción IV, la obligación de contribuir al gasto público de forma proporcional y equitativa mediante el pago de las contribuciones impositivas, el cual considera que: “ Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: I. Ser responsables de que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años concurran a las escuelas, para recibir la educación obligatoria y, en su caso, reciban la militar, en los términos que establezca la ley, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo; II. Asistir en los días y horas designadas por el ayuntamiento del lugar en que residan, para recibir instrucción cívica y militar que los...

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