Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de maternidad., de 30 de Abril de 2019

Que reforma el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES

El que suscribe, diputado federal Ricardo de la Peña Marshall , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman las fracciones primera y segunda del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de licencias de maternidad. Exposición de Motivos

El puerperio (coloquialmente conocido como cuarentena) es el periodo comprendido desde que termina la expulsión del producto hasta el retorno del organismo femenino a su estado pre gravídico, tiene una duración aproximada de 6 a 8 semanas y está dividido en puerperio inmediato; las primeras 24 horas, mediato del segundo día al séptimo y tardío del octavo en adelante. Durante este periodo existen cambios que van desde la involución del útero, anemia debido a la perdida hemática, cambios en el pulso secundario al alumbramiento, cambios en los ciclos hormonales que provocan diferentes sintomatologías en el cuerpo de la mujer, etcétera. 1

Recordemos que durante el embarazo ocurren cambios importantes en la fisiología de la madre que pueden propiciar un agravamiento de las enfermedades de base o simplemente aparición de patologías propias del estado de gravidez. Si bien es cierto, un adecuado control prenatal ayuda a predecir o detectar patologías que puedan poner en riesgo la vida del binomio, en ocasiones se puede presentar con un cuadro clínico general e inicio insidioso que no permite una detección oportuna.

Dentro de este contexto podemos hablar de la urgencia obstétrica, la cual se define como la complicación médica o quirúrgica que se presenta durante la gestación, parto o puerperio, que condiciona un riesgo inminente de morbilidad o mortalidad materna y perinatal y que requiere una acción inmediata por parte del personal de salud encargado de su atención, y la muerte materna que se define como la muerte ocurrida a una mujer mientras está embarazada o dentro de los 50 días siguientes a la terminación del embarazo, independientemente de la duración y el sitio del mismo, debida a cualquier...

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