Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de ampliar las causales por las que sea reconocida la nacionalidad mexicana a los nacidos en el extranjero hijos de padres mexicanos., de 21 de Noviembre de 2017

Que reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Máximo García López, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado José Máximo García López, así como los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, numeral 78, del reglamento de la Cámara de Diputados, me permito poner a la consideración de esta asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones II Bis y III Ter, inciso a), del artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Exposición de motivos

Nuestro país, dentro de sus políticas de Estado desde la promulgación de la Ley Fundamental, estableció en forma clara su deseo por incorporar dentro del elemento personal del Estado a las mujeres y hombres a quienes da el carácter de identidad mexicana por la vía de nacimiento y la naturalización en su artículo 30.

Este atributo de la personalidad, materia de la presente iniciativa, es un factor influyente dentro de la solución de conflictos de derecho internacional privado reconocidos en los principios de locus regit actum y lex fori derivados de la incorporación de México a la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, que establecen el deber de reconocer a toda persona el derecho a la nacionalidad, a conservar la nacionalidad, a erradicar la situación apátrida, y a todo Estado de permitir la recuperación y reconocimiento de nacionalidad.

La situación anterior ha sido vigente y tras perfeccionar las normas en el marco del derecho interno que dio lugar en 1998 a la creación del texto vigente del artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Nacionalidad, se incorporó como parte de la herencia jurídica iberoamericana el principio de irrenunciabilidad de la nacionalidad mexicana.

Es decir, si bien es cierto, es vigente el ordenamiento que permite se recupere la nacionalidad mexicana porque se perdió por naturalización en un país tercero o bien alguna circunstancia a la potestad de esta patria le privó de su protección connacional, se le pueda volver a dar el reconocimiento jurídico como parte del Estado, disposición que ha beneficiado a millones en el mundo cuando se han visto en la necesidad de...

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