Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 213-Bis del Código Penal Federal, para que los delitos de corrupción cometidos por servidores públicos sean imprescriptibles., de 20 de Noviembre de 2018

Que reforma el artículo 213-Bis del Código Penal Federal, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario de Morena

Las y los suscritos, Abelina López Rodríguez, Ana Lilia Guillén Quiroz Daniel Gutiérrez Gutiérrez , Irineo Molina Espinoza y Juan Eulalio Ríos Fararoni, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 213-Bis del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

La corrupción se ha convertido en un lastre para México, dados los enormes costos económicos, políticos y sociales que ocasiona este mal que hoy padecemos como un hábito cotidiano; una práctica que pareciera natural en las transacciones de la vida diaria de nuestro país.

Este mal, junto con el elemento de impunidad que lo acompaña , se ha traducido en mayor desigualdad, menor inversión, mayor desconfianza en nuestras instituciones, mayores niveles de violencia y menor desarrollo para un sinnúmero de hogares en todo el territorio nacional.

La corrupción se ha transformado en un problema sistémico no sólo por sus diversas formas de manifestación que encontramos en todas partes, sino porque hoy es una manera común de operar en el ámbito público y privado; es un modo de vida que permea al cuerpo político y al tejido social.

Aunque es difícil cuantificar los costos que la corrupción tiene en nuestro país, existen estimaciones sobre la dimensión del problema. Algunos análisis calculan que el costo anual de la corrupción alcanza hasta 1.6 billones de pesos. El Banco Mundial ha advertido que esta misma cifra equivale al 9% del PIB, mientras que el Fondo Monetario Internacional (FMI) estima que un país corrupto tiene una inversión hasta 5% menor a su potencial.

Según el Índice Global de Impunidad 2015, México se encuentra dentro de los cinco países con niveles más altos de impunidad de un total de 59 países que cuentan con información estadística suficiente para calcular este índice.

La Organización Transparencia Internacional ubica a nuestro país en el lugar 75 en materia de corrupción, sólo superando a países como Nigeria y Etiopía. A nivel regional, según el Índice de Percepción de la Corrupción 2017, México se encuentra en la sexta peor posición, solo por arriba de Paraguay, Guatemala, Nicaragua, Haití y Venezuela.

Lo anterior, tiene asimismo una relación directa con el nivel de impunidad que persiste en nuestro país. Asegurar el cumplimiento de la ley, y la debida aplicación de sanciones por los hechos de corrupción que suceden en México es, sin lugar a dudas, el desafío más importante que existe actualmente en el territorio nacional.

En México 95 por ciento de los delitos de corrupción quedan impunes. Esto hace evidente las grandes fallas que existen en las leyes, las instituciones jurídicas, y la debilidad de un sistema judicial que ha permitido que servidores públicos corruptos y particulares que participan en hechos de corrupción escapen a la acción de la justicia.

A nivel internacional, se han impulsado diversos esfuerzos a favor del trabajo de la prevención y la lucha contra la corrupción. Durante la última década del siglo XX se negociaron bajo los auspicios de diferentes organizaciones internacionales varios instrumentos jurídicos que regulan este grave problema que hoy tanto aqueja a nuestro país.

En el marco de las convenciones auspiciadas por las Naciones Unidas fue aprobada la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, mediante la Resolución 58/4 y presentada ante la Conferencia Política de Alto Nivel, en Mérida, Yucatán, del 9 al 11 de diciembre del 2003. Después de haber sido firmada la Convención por 95 países en Mérida, y con la presentación del instrumento de ratificación número 30, la Convención entro? en vigor el 14 de diciembre del 2005.

Con el firme convencimiento de que la corrupción es una actividad nociva que debe ser penalizada y combatida por sus efectos internos, por su asociación con otros delitos, por sus consecuencias transnacionales, por desintegrar el tejido social y, sobre todo, ante la necesidad de contar con un instrumento jurídico universal, México procedió a la firma de dicho tratado...

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