Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 28 de Abril de 2017

Que reforma el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar, del Grupo Parlamentario del PAN

Quien suscribe, Edmundo Javier Bolaños Aguilar, diputado integrante de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 6, fracción I; 65, numeral 1, fracciones II y III; 76, numeral 1; 78, numeral 1, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, que presenta esta iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 89, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente Exposición de Motivos

Como punto de partida expongo la consideración de que, si bien en términos jurídicos, mujeres y hombres gozan de iguales derechos para participar en la vida política del país, esta igualdad no ha logrado traducirse en la presencia y participación igualitaria de unas y otros en el ámbito público y la representación política. Por el contrario, estos espacios todavía suelen leerse y comprenderse en códigos masculinos, lo que implica que los cargos públicos, ejecutivos, de adopción de decisiones políticas y todos aquellos que implican el ejercicio del poder público, sean ocupados mayoritariamente por hombres y, por ende, se margina a las mujeres de los procesos estratégicos y definitorios de la agenda pública, así como de las deliberaciones sobre asuntos de vital importancia para el interés colectivo.

El déficit de representación democrática (en el cargo político máximo a nivel ejecutivo, sólo 9 mujeres son jefas de estado de una totalidad de 195 países reconocidos internacionalmente) y la ausencia de las mujeres en los puestos de decisión es una preocupación global. En esa iniciativa, se analizan los cambios de la participación femenina en el ámbito laboral, en la educación superior, en los cargos de representación política el mundo y en México. Con base en la interpretación de datos estadísticos se exponen las oportunidades y obstáculos para el desarrollo de las mujeres en los ámbitos señalados, además de las transformaciones e inercias que se dan tanto en el ámbito institucional y organizacional como el las apreciaciones y valores de los ciudadanos(as).

La presencia activa de las mujeres se ha hecho evidente en todos los ámbitos. En la vida política contemporánea la equidad de género y el rechazo de la idea de que los hombres son mejores líderes políticos que las mujeres, se ha llegado a considerar como un importante componente de la democratización.

Plantear la democracia desde un paradigma de justicia dialógica, incluyente substantiva y profundamente atenta a quienes son las y los sujetos que integran nuestra sociedad, sus intereses, su condición y posición es, sin dudarlo, el rostro moderno de la dignidad humana.

Las inequidades de género se mantienen vigentes en la participación política a pesar de la igualdad formal de las personas ante la ley que garantiza igual goce de derechos a mujeres y hombres, situación que constituye un problema central de las democracias modernas. Las raíces de esta desigualdad en la participación política de las mujeres se ubican, según la teoría de género, en la propia constitución del Estado surgido de la Ilustración, el movimiento político-filosófico desarrollado en el siglo XVIII a través del cual se reconocieron como atributos exclusivamente masculinos la razón, la igualdad, la individualidad y la autonomía de los sujetos (Sánchez, en Beltrán y Maquieira, 2001:17). El sello masculino del proyecto ilustrado no permitió la inclusión de las mujeres en el pacto social, de tal manera que la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789) reafirmó la exclusión de las mujeres como titulares de derechos, negándoles la categoría de la ciudadanía y, por ende, los derechos inherentes a dicha condición.

En la actualidad, en Europa, la Democracia Paritaria se retomó del manifiesto de la Declaración de Atenas –noviembre de 1992–, donde es definida como “un concepto de sociedad integrada a partes iguales por mujeres y por hombres, en la cual la representación equilibrada de ambos en las funciones decisorias de la política es condición previa al disfrute pleno y en pie de igualdad de la ciudadanía, y en la cual las tasas de participación similares o...

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