Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 54 de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, para fortalecer el espíritu con que esta investida la responsabilidad resarcitoria., de 20 de Septiembre de 2012

Que reforma el artículo 54 de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, a cargo de la diputada Lourdes Eulalia Quiñones Canales, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Lourdes Quiñones Canales, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72, inciso h, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 54 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, al tenor de la siguiente exposición de motivos:

Argumentación

El sistema de responsabilidades de los servidores públicos, alude a un marco jurídico que ha sido objeto de numerosas reformas y no menos estudios, toda vez que el tema no ha sido agotado, ya que la sociedad reclama mejores gobiernos y mejores funcionarios públicos, cuyas actividades estén dotadas de altos contenidos éticos, apunten al bien común y permitan la transparencia y sana rendición de cuentas.

Los servidores públicos emanados de los tres Poderes del Estado, llevan a cuestas importantes responsabilidades, de ahí que la exigencia de éstas, sea mucho más compleja que para el resto de los ciudadanos, pudiéndoles exigir las de tipo civil, penal, administrativo–incluyendo las patrimoniales y resarcitorias- y desde luego, las políticas.

Bajo el anterior orden de ideas, es menester señalar que el sistema jurídico mexicano en materia de responsabilidades de los servidores públicos, ha tenido en los últimos años importantes avances, sin embargo es justo también decir, que aún quedan vacíos, lagunas e interpretaciones que poco contribuyen a fortalecer el estado de derecho deseable para los mexicanos.

En este sentido, es que presento ante esta Soberanía, la presente Iniciativa, que tiene por objeto fortalecer el espíritu con que está investida la responsabilidad resarcitoria, mandatada en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, en sus capítulos II y III del Título Quinto.

Planteamiento del problema

La responsabilidad resarcitoria, es exigible a los servidores públicos y a los particulares, personas físicas o morales, que por actos u omisiones causen un daño o perjuicio, o ambos, estimable en dinero, a la Hacienda Pública Federal o, en su caso, al patrimonio...

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