Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de equidad y género., de 24 de Noviembre de 2005

QUE REFORMA EL ARTÍCULO 175-A DEL CÓDIGO FEDERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES, EN MATERIA DE EQUIDAD Y GÉNERO, A CARGO DE LA DIPUTADA BEATRIZ MOJICA MORGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

La suscrita, diputada federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión e integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración del Pleno la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 175-A del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México la igualdad jurídica como principio rector de nuestro sistema normativo ha propiciado el surgimiento de diversas instituciones y figuras legales, que generaron al paso del tiempo importantes reformas en nuestro sistema, pero que fundamentalmente han permitido establecer las bases para el gradual establecimiento de medidas que propicien condiciones de auténtica equidad.

Esto ha sido el interés de muchos años de lucha de las mujeres, y aunque todavía queda mucho camino por recorrer, hoy no podemos dejar de reconocer el trayecto andado. Un breve recuento histórico nos dice que es con el despuntar del siglo pasado cuando se van sentando los hitos de la emancipación femenina. Es así que en 1917, con la Ley de Relaciones Familiares, se logra en nuestro país la igualdad de hombres y mujeres en el seno del hogar y además se permitió a la mujer la disolución del vínculo familiar.

Además, en 1931 con la reforma a Ley Federal del Trabajo se reconoce la capacidad de la mujer casada para celebrar contratos de trabajo sin la autorización del marido; posteriormente, una nueva reforma a la mencionada ley, en 1970, estableció por primera vez la no discriminación por motivo de sexo, así como las disposiciones tendientes a que las mujeres disfruten de los mismos derechos y obligaciones que los hombres.

En 1953, con motivo de la reforma del artículo 34 de nuestra Carta Magna se concede la calidad de ciudadanas a las mujeres, otorgándose en consecuencia el derecho al voto y a partir de ese momento comienzan a tener presencia en los cargos de elección popular, pero no fue sino hasta 1974 cuando se eleva a rango...

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