Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de propiedad rural., de 5 de Marzo de 2003

QUE REFORMA EL ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE PROPIEDAD RURAL, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS MARTI BATRES GUADARRAMA Y RAMON LEON MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, Y PRESENTADA POR EL SEGUNDO EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 5 DE MARZO DE 2003

Los suscritos, diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar para su análisis y dictamen la siguiente iniciativa de decreto que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La Revolución Mexicana tuvo en sus causas, en su proceso de lucha y en sus resultados, un claro sentido agrarista.

Fueron fundamentalmente la gente del campo quienes aportaron su vida por la construcción de un régimen político más justo en lo social.

Resultado de esa lucha fue la incorporación en nuestra Carta Magna, en 1917, de los derechos sociales.

Los artículos 30, 27 y 123 de la Carta Magna, son claros ejemplos del sentido social de la constitución del Estado mexicano, derivado de la Revolución.

Muchos, justificaron o más bien explicaron la ausencia de valores político-democráticos durante muchos años en nuestra vida pública, con la amplia existencia de postulados y aspiraciones de contenido social.

Sin embargo, en la actualidad, las estructuras políticas, son las mismas en lo fundamental y sin embargo en lo social se retrocedió en programas de gobierno y en diseño normativo.

Los gobiernos neoliberales, incluyendo al actual, no son más democráticos que los anteriores, pero sí más injustos desde el punto de vista social.

Salinas de Gortari, construyó en la segunda mitad de su gobierno, una mayoría calificada en el Congreso, para llevar a cabo reformas constitucionales en detrimento de conquistas sociales.

En ese terreno, debemos ubicar las contrarreformas constitucionales de 1991 al artículo 27, que terminaron de exacerbar la situación del campo mexicano, y cuyas consecuencias estamos viviendo ahora.

Parece que desmantelar la capacidad del campo, fue la verdadera intención oculta de esas reformas, aprobadas en tiempo récord, sin análisis y sin medir las consecuencias de las consecuencias de que se generarían.

Se dijo entonces que esas reformas eran una "respuesta para dar oportunidades de bienestar a los modos de vida campesina y fortalecer nuestra nación"; que "pretender en las circunstancias actuales que el camino nacionalista debe seguir siendo el mismo que ayer, el del reparto agrario, pone en riesgo los objetivos mismos que persiguió la reforma agraria de la Revolución Mexicana, por lo que hoy, debemos emprender nuevos caminos".

Se justificó el giro diciendo que "la inversión de capital en las actividades agropecuarias tiene hoy pocos alicientes debido en parte a la falta de certeza para todas las formas de tenencia que se deriva de un sistema obligatorio para el Estado de reparto abierto y permanente".

Se afirmó que el marco jurídico de entonces "ha provocado que una parte importante y creciente de los alimentos esenciales que consume el pueblo mexicano, tuviera que adquirirse fuera de nuestras fronteras".

Se manifestó que con esa reforma, se "reactivaría el crecimiento sostenido del campo, a través de la inversión.

Se decía que, de aprobarse la reforma, "sería el arranque de un nuevo proceso de crecimiento en el agro".

Se buscaba, según la iniciativa, generar "una mayor participación de los productores del campo en la vida nacional".

Se utilizaron eufemismos, como el de tener como propósito "dar certidumbre jurídica en el campo".

Asimismo, se afirmó como justificante, que era "necesario propiciar un ambiente de certidumbre en la tenencia de la tierra ejidal, comunal y en la pequeña propiedad, que fomente su capitalización, transferencia y generación de tecnología, para así contar con nuevas formas de creación de riqueza en provecho del hombre del campo".

Se quiso entusiasmar con la idea de que, al aprobarse la iniciativa, se iba a capitalizar el campo, pues se superaría las "restricciones productivas del minifundio para lograr, mediante la asociación las escalas de producción adecuadas".

Se afirmó, en clara exaltación oratoria que con esa reforma se daría "el carácter de adulto al ejidatario".

Por eso, se plantearon cambios para: 1. Terminar, por decreto con el reparto agrario. 2. "Revertir el minifundio en el campo" (sic), a través de eliminar impedimentos a las sociedades mercantiles; y sociedades por acciones en la propiedad y producción rural.

  1. Flexibilizar las normas para cambiar el uso agropecuario.

  2. ...

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