Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 22 de Febrero de 2005

QUE REFORMA EL ARTICULO 21 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ LUIS MEDINA LIZALDE, INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

José Luis Medina Lizalde, en mi carácter de diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XXX , de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 55, fracción II, 56 y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de la siguiente

Exposición de Motivos

Si aspiramos a la construcción de una sociedad democrática con verdadera igualdad social, en el marco de la independencia nacional y en completo respeto a la diversidad humana, es necesaria la correcta instauración del estado democrático y social de derecho, basado en la capacidad del pueblo para crear las instituciones necesarias en beneficio del mismo y otorgue la debida salvaguarda de los derechos que aseguren su convivencia armónica, democrática y pacifica, permitiendo así cada vez en mayor grado, alcanzar una sociedad más justa y una economía en desarrollo permanente. Resaltando la primordial función del Estado de salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como la preservación de las libertades, el orden y la paz públicos.

La presente iniciativa se plantea dentro del ámbito correspondiente a la reforma del Estado, derivado de la agenda legislativa que aún tiene pendiente ésta Soberanía con los mexicanos; proponiéndose con el animo de coadyuvar desde la competencia del Poder Legislativo, a la disminución del terrible problema del aumento desenfrenado de la criminalidad en nuestro país, planteándose como una acción legislativa que forme parte de un proyecto integral que en materia de seguridad pública, específicamente por lo que hace a la Prevención del delito y conductas infractoras, instrumentemos los distintos Poderes de la Unión y de los Estados, para así formar un frente común conjuntamente con la ciudadanía, en el combate a éste cáncer social; un proyecto que además siente las bases para la aplicación de una correcta política criminal de Estado, sustentándolo no solamente en reformas constitucionales y legales que influyan en la salvaguarda de las personas y de sus bienes, sino que también estudie y ataque de raíz los elementos generadores de las conductas infractoras y delictivas.

La seguridad pública es definida constitucionalmente como la función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos; debiendo de realizarla por mandato legal las autoridades competentes, mediante la prevención, persecución y sanción de las infracciones y delitos, así como la reinserción social del delincuente y del menor infractor.

En este orden de ideas y en relación a las acciones que por mandato legal deben de realizar las autoridades competentes, interrelacionadas y encargadas de la difícil tarea de la seguridad pública, toma especial relevancia el combate a las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, debiendo de realizarse a través del desarrollo de políticas, programas y acciones, eficientes y eficaces, que contribuyan al fomento de los valores culturales y cívicos en la sociedad y que conduzcan a su vez, al respeto irrestricto del imperio de la ley.

Sin embargo, dichas acciones hasta el momento emprendidas por el Estado a través de las autoridades dependientes del Ejecutivo, han resultado insuficientes e ineficaces para la disminución del fenómeno criminal en nuestro país, dicha obligación de Estado, cabe destacar, no ha sido debidamente cumplimentada, ni considerada de acuerdo a su vital importancia para la preservación del orden social.

Actualmente el Gobierno Federal, a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, específicamente a través de la Conferencia de Prevención y Readaptación Social, debería de realizar el estudio de las causas generadoras de la criminalidad en nuestro país, para la realización e implementación de correctas y eficaces políticas criminales de combate al fenómeno criminal; al respecto cabe mencionar que dichas acciones no han arrojado resultados favorables que se perciban en la mayoría de la ciudadanía, así como que nuestras autoridades federales no han reconocido los estragos que ha generado en beneficio del aumento de la incidencia delictiva en nuestro país, la implementación de dicho modelo económico, dentro de las consecuencias socio políticas que derivan del modelo neoliberalista, encontramos algunas de las causas generadoras de las conductas infractoras y delictivas; como lo son la pobreza, la falta del pleno empleo, la correcta distribución de la riqueza y el combate a la impunidad, entre otras, situando a nuestro país como una de las naciones más inseguras del mundo.

Desde los tiempos de la antigua Roma y hasta nuestros días, varios estudiosos del tema han encausado sus esfuerzos para tratar de descifrar las causas generadoras de las conductas antisociales y brindar soluciones eficaces para la disminución del fenómeno criminológico, de entre los cuales destacan:

César Lombroso , quien señalaba que " La impulsividad constituye la verdadera base del delito, porque cuando mas impulsivo es un ser, menos influjo ejercerán sobre el los conceptos y los sentimientos morales, y mas fácilmente se determinara a hacer el mal, impulsado por los estímulos dolorosos".

Además señalaba que "no se requiere estudiar al delito sino a los...

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