Iniciativa parlamentaria que reforma el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y adiciona el 2-Bis a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de interés nacional en la política exterior., de 3 de Marzo de 2015

Que reforma el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y adiciona el 2-Bis a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, suscrita por las diputadas María Guadalupe Mondragón González y Adriana González Carrillo, del Grupo Parlamentario del PAN

María Guadalupe Mondragón González, Adriana González Carrillo y Heberto Neblina Vega, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6o., fracción I, del numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se adiciona el artículo 2 Bis a la Ley del Servicio Exterior Mexicano, en materia de interés nacional en la política exterior, con base en la siguiente Exposición de Motivos

Política exterior e interés nacional

La ubicación geográfica de México caracterizada por su colindancia con la potencia principal del planeta se ha traducido en una política exterior que privilegia la autodeterminación de los pueblos. La interacción, a lo largo de su Historia, de las y los mexicanos con los Estados Unidos de América al Norte y con las repúblicas latinoamericanas al Sur ha producido la convicción de nuestro país en torno a la independencia nacional y a la no intervención. A lo largo de los decenios y los siglos a través del devenir de los acontecimientos históricos gradualmente se formó toda una tradición diplomática propia de México y que lo distingue en la comunidad de las naciones.

La actividad intensa y prolija que desarrolló México a partir de su vida independiente para subsistir como nación libre frente a las corrientes expansionistas provenientes del exterior se solidificó en un conjunto de axiomas diplomáticos. En las decisiones de política exterior que ha tomado la nación mexicana se observa un hilo conductor en torno a los valores de respeto y entendimiento en el ámbito de las relaciones internacionales. En el trayecto largo y difícil del México independiente se consolidó un catálogo de principios normativos de política exterior, los cuales han quedado plasmados en nuestra Ley Fundamental, como se aprecia a continuación en el precepto correspondiente: Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: I a IX... X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, así como terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar, retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observara los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

Sin óbice de fuerzas o colores partidistas, el Estado mexicano se ha distinguido en las relaciones internacionales por desarrollar su interacción con el resto de los países con base en los principios normativos anteriores. Sin embargo, al lado de los principios normativos cobra cada vez más vigencia el concepto del interés nacional.

Los alcances del interés nacional

Independientemente del mosaico de corrientes políticas que postulan diversas propuestas en torno al proyecto nacional, lo cierto es que en cualquier país se produce un espacio en el que se sobreponen las ideas y producen una orientación común a la cual se conoce como el interés nacional. Por encima del cómo , las fuerzas políticas y los actores sociales coinciden en el qué relativo a muchos aspectos de la vida nacional. En México es fácil comprobar que los partidos políticos convergen en torno a una educación de calidad, a la erradicación de la pobreza y a la ampliación de la vida democrática, por solo citar algunas de las metas compartidas.

Junto con la inamovilidad de nuestros principios constitucionales de política exterior, los vertiginosos cambios que se registran alrededor del mundo, característicos del Siglo XXI, exigen la interpretación y articulación dinámica de los intereses nacionales. Tarea que corresponde conducir al Presidente de la República y administrar y dirigir al secretario de Relaciones Exteriores. Sin embargo, no siempre ha sido así y el interés nacional en etapas históricas previas ha sido definido por instancias alejadas de la representación popular.

Un autor que se ha ocupado de la noción de “Interés Nacional ” es Charles A. Beard, en los términos siguientes: “Con el surgimiento del sistema de Estados nacionales, el incremento de la influencia popular en el control político, y la gran expansión de las relaciones económicas, las líneas de una nueva fórmula –interés nacional- fueron establecidas. El proceso a través del cual el uso de la nueva fórmula se hizo general fue en buena parte evolutivo, incorporando en él varios de los elementos de las viejas fórmulas, después de bastantes reinterpretaciones y adaptaciones. El interés...

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