Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 246 y 395 del Código Penal Federal, en materia del delito de despojo., de 11 de Enero de 2023

Que reforma y adiciona los artículos 246 y 395 del Código Penal Federal, suscrita por el diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del PVEMEl que suscribe, diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 55, fracción I, 56 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 246 y 395 del Código Penal Federal, al tenor de los siguientes: ConsiderandosLa propiedad es el derecho que tiene toda persona de usar, gozar, disfrutar y disponer de sus bienes. De acuerdo a la ley, ese derecho lo debe proteger el Estado, por lo que nadie podrá ser privado ni molestado en sus bienes, sino en virtud de un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento.Este derecho en ocasiones se ve afectado por el delito de despojo, que es la usurpación o la ocupación ilegítima de un bien inmueble ya sea predio, lote o inmueble que por derecho corresponde a otra persona, que pretende ocupar el sujeto activo, hacer uso o ejercer un derecho real que corresponde a otro por medio del engaño, la furtividad o la violencia.En los últimos años se han agudizado de forma gradual los actos de despojo realizados a través de falsificación de documentos, robo de identidad, escrituración de predios y fraudes procesales mediante contratos privados de compra-venta en algunas ocasiones con el apoyo de notarios y de jueces corruptos.Actualmente, los notarios realizan enajenación de bienes, otorgamiento de poderes a través de casos de suplantación de identidad, alteración de testimonios o escrituras, creación de documentos apócrifos a partir de archivos depositados en registros de notarías y en registros públicos de la propiedad.Sin embargo, la realidad es preocupante, según lo demuestran diversas investigaciones al respecto como el “Cuaderno de Investigación número 69” de 2020, elaborado por la Dirección General de Análisis Legislativo del Senado de República, del cual se destacan los siguientes datos:En tanto, en los totales anuales a escala nacional en el número de delitos de despojo han mostrado un incremento anual constante en los últimos años al pasar de 20 mil 281 casos denunciados en 2015 a 27 mil 597 en 2019.En suma, durante este periodo se denunciaron 118 mil 893 ilícitos de esta variedad.En el periodo 2015 a 2019, las entidades federativas con mayor número de delitos de despojo denunciados fueron: Ciudad de México (17 mil 653); estado de México (14 mil 553); Jalisco (9 mil 417); Veracruz (6 mil 316); y Baja California (5 mil 724).Como puede apreciarse, el tema de seguridad jurídica vinculado con la vivienda está siendo vulnerado por los altos índices del delito de despojo. Esta situación refleja la falta de eficacia jurídica para la persecución del delito y como consecuencia el aumento del mismo, en muchos casos derivado de la impunidad. Exposición de MotivosActualmente el delito de despojo está considerado en el catálogo de delitos patrimoniales, por lo que el bien jurídico tutelado es el patrimonio en la esfera jurídica del sujeto pasivo, por lo tanto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR