Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para reconocer a los animales como seres sintientes, que tienen derecho a recibir protección, cuidado y bienestar., de 15 de Diciembre de 2022

Que reforma y adiciona los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento CiudadanoEl suscrito, diputado Andrés Pintos Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta honorable asamblea la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo sexto al artículo 4, recorriéndose en orden lo subsecuente y se reforma la fracción XXIX – G del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente Exposición de MotivosNo es un secreto que en México como en el mundo, siguen existiendo prácticas de maltrato y violencia hacia los animales, con la finalidad de generarles un dolor innecesario, sufrimiento o estrés. Derivado de que muchas personas los siguen considerando simplemente como objetos, ejemplo de ello es la “cacería deportiva” o las “corridas de toros”, idea completamente errónea, la realidad es que ellos tienen tantos derechos como nosotros a tener una vida digna, libres de la crueldad sin importar, que estos estén destinados para el consumo humano, conforme a los establecido en la “Proclamación de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales”. 1En ese sentido, se debe reconocer que en el mundo miles de personas con mayor consciencia y sensibilidad, han luchado por plasmar en las legislaciones de más países la prohibición de prácticas que impliquen cualquier clase de maltrato, y cada vez más se manifiesta un mayor interés por parte de los parlamentarios para fomentar el bienestar animal, ejemplo de esto es Alemania quien, en 2002, dio rango constitucional a la protección de los animales. 2El bienestar se puede entender como el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere, de acuerdo con la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE, por sus siglas en inglés). 3Es por ello qué debemos reconocer nuestra responsabilidad ética como legisladores, pero más como seres humanos, para dar voz a todos aquellos que no pueden, en este caso me refiero a todos los seres vivos de este planeta, quienes han convivido con nosotros a lo largo de los años y quienes han sufrido por nuestra incesante necesidad de consumir más recursos naturales, de losque realmente necesitamos afectando sus formas de vida, e incluso hemos llevado a diversas especies a la extinción.Cabe resaltar que no solo me refiero a los animales de compañía, sino también a animales destinados para el consumo humano y animales que viven en estado salvaje.Hoy en día es reconocible el hecho de que en la Ciudad de México se cuenta con una Constitución muy avanzada a nivel mundial, ya que considera la protección animal como fundamental, la cual se establece en su artículo 13 inciso B, que expresa lo siguiente: Artículo 13 Ciudad habitable B. Protección a los animales 1. Esta Constitución reconoce a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir...

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