Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, y Penal Federal, para prohibir los matrimonios infantiles., de 5 de Abril de 2022

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, y Penal Federal, suscrita por la diputada Karen Michel González Márquez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, Karen Michel González Márquez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, 78 y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los Códigos Civil Federal, y Penal Federal, para prohibir los matrimonios infantiles, al tenor de las siguiente Exposición de Motivos

El 18 de noviembre de 2021 presenté ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 2o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para prohibir los matrimonios y las uniones infantiles.

En la exposición de motivos señalé que era el primer paso para terminar con el problema de los matrimonios infantiles. Por ello presento en esta ocasión la iniciativa que reforma los Códigos Civil Federal, y Penal Federal, a fin de realizar las reformas a la legislación secundaria, para dar viabilidad a la reforma constitucional referida.

Antes de entrar en materia, recordemos algunos aspectos generales sobre el matrimonio infantil.

Matrimonio infantil es todo matrimonio formal o unión informal entre un niño menor de 18 años y un adulto u otro niño.

De acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad; por lo que, al referirnos a niña o niño, también incluimos a los adolescentes.

Aunque la práctica de los matrimonios infantiles ha disminuido paulatinamente en todo el mundo, en algunos países todavía son una práctica generalizada.

Las niñas corren más riesgo que los varones de ser obligadas a casarse en contra de su voluntad. Algunas de las consecuencias negativas que padecen las niñas al contraer matrimonio son: mayor riesgo de sufrir violencia doméstica; menos probabilidades de continuar sus estudios; disminución de sus expectativas económicas y de salud, entre otras.

El UNICEF considera el matrimonio infantil como tortura o malos tratos, cuando los gobiernos 1. no establecen una edad mínima para contraer matrimonio que se ajuste a las normas internacionales; 2. lo permiten a pesar de la existencia de leyes que establecen la mayoría de edad en los 18 años; o 3. no lo tipifican como delito, investigando, enjuiciando y sancionando a los responsables. Se debe reconocer que en México se han hecho intentos por terminar con la práctica de los matrimonios infantiles, pero lamentablemente esas reformas no han tenido resultados positivos.

Por ejemplo, la última reforma en la materia, publicada en el DOF el 3 de junio de 2019, se modificó el Código Civil Federal, para prohibir el matrimonio infantil. Al reformase el artículo 148 se estableció que para contraer matrimonio es necesario haber cumplido dieciocho años. También se reformó el artículo 265 para señalar que los que siendo mayores de edad contraigan matrimonio con un menor, incurrirán en las penas que señale el código de la materia.

A más de dos años de su entrada en vigor, esa reforma no ha impedido que los matrimonios o uniones se sigan celebrando, ni hasta el momento se ha castigado a los culpables.

El Poder Judicial federal, mediante la resolución de una acción de inconstitucionalidad, ya fijó su postura en contra de la celebración de los matrimonios infantiles.

El 6 de marzo de 2019, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes, que consideraba que una reforma del Código Civil estatal violentaba los derechos de los menores de edad al prohibirles contraer matrimonio, aun en casos graves y justificados

La Corte determinó que la eliminación de las dispensas (permisos) para el matrimonio infantil es...

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