Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, con objeto de regular la tenencia responsable de los animales domésticos y su esterilización., de 9 de Febrero de 2021

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, con objeto de regular la tenencia responsable de los animales domésticos y su esterilización, suscrita por los diputados Claudia Pastor Badilla y René Juárez Cisneros, del Grupo Parlamentario del PRI

Quienes suscriben diputada Claudia Pastor Badilla y diputado René Juárez Cisneros , integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo previsto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, promueven la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, con el objeto de regular la tenencia responable de los animales domésticos y la esterilización , al tenor de la siguiente: Exposición de Motivos

  1. Antecedentes

    1. Contexto

      México es uno de los países con mayor sobrepoblación de perros y gatos. Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), hay 23 millones de mascotas en nuestro país. Estos animales podrían repartirse en los hogares de los 24.4 millones de mexicanos, pero no es así. El 70 por ciento de los perros y gatos se encuentran abandonados. 1

      Actualmente no existe un censo de mascotas o animales domésticos, sin embargo, la Asociación Mexicana de Médicos Veterinarios Especialistas en Pequeñas Especies (Ammvepe), estima que hay alrededor de 28 millones de estas especies, en su mayoría sin dueño, y lamentablemente la cifra crece un 20 por ciento anual. 2

      Desafortunadamente, la falsa creencia de que los perros pueden contraer y transmitir la enfermedad Covid-19 ha ocasionado el abandono, maltrato y agresiones a estos animales, de acuerdo con un comunicado emitido por la Fiscalía General de la República, “de enero a marzo de este año (2020) las denuncias por maltrato animal ocuparon el primer lugar de preocupación entre la ciudadanía, siendo 38.35 por ciento los expedientes en investigación.” 3

      Los datos anteriores, nos hacen reflexionar sobre la falta de regulación que existe a nivel federal, para reducir la sobrepoblación de animales de compañía y el descuido latente al bienestar animal de estas especies.

      De acuerdo con la Guía de animales de compañía para dueños responsables, publicada por la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, la relacio?n humano-animal es compleja y ha evolucionado a trave?s del tiempo y determinadas culturas. En estudios de investigación científica, se ha demostrado el intere?s de la sociedad y la preocupacio?n que existe respecto al tema del bienestar animal de todas las especies sean dome?sticas o silvestres; lo que involucra a los animales de compan?i?a ma?s populares como el perro o gato. 4

      Ahora bien, el bienestar animal está directamente relacionado con la tenencia responsable de animales, por ahora, debemos señalar que el dueño de un animal de compañía es responsable de procurarle bienestar, por lo que una de las medidas que pueden contribuir a ello es la esterilización. En las líneas posteriores abordaremos estos temas.

    2. Bienestar animal

      El bienestar animal es una de las ramas de las ciencias veterinarias que se encuentra en firme desarrollo en los últimos años. En ella además de la salud física, se tiene en cuenta la salud mental o psicológica de los animales sometidos a diversos grados de domesticación o control por parte del hombre. En este universo animal se incluyen las mascotas (perros, gatos, etc.), animales de producción (bovinos, cerdos, aves, etc.), animales de laboratorio de experimentación y enseñanza, zoológicos, circos, etcétera. 5

      De acuerdo con las normas internacionales de la Organización Mundial de Sanidad Animal, el bienestar animal se entiende como “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere.” 6 Asimismo, desde 1965, dicha Organización ha establecido cinco libertades universales bajo las cuales se describen los derechos de los animales terrestres, que son responsabilidad del hombre, siendo las siguientes: libre de hambre, de sed y de desnutrición; libre de temor y de angustia; libre de molestias físicas y térmicas; libre de dolor, de lesión y de enfermedad; libre de manifestar un comportamiento natural.

      Sumado a ello, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Federal de Sanidad Animal, el bienestar animal es un conjunto de actividades encaminadas a proporcionar comodidad, tranquilidad, protección y seguridad a los animales durante su crianza, mantenimiento, explotación, transporte y sacrificio.

      Como se observa, el bienestar animal incluye la salud física y mental, por lo que es responsabilidad del dueño procurar el adecuado desarrollo del animal y sus necesidades específicas tales como alimentación, cariño, cuidados de higiene, atenciones médicas, entre otras.

    3. Vida sintiente

      El bienestar animal está relacionado con la vida sintiente de éste, existen estudios que han demostrado la capacidad de los animales para tener sensaciones, como el afecto, apego o sufrimiento; por esta razón, merecen un trato digno y protección.

      Hablar de sintiencia implica que los animales (humanos y no humanos) son conscientes de sus propios entornos, tienen una dimensión emocional, aprenden de las experiencias, la sensibilidad que desarrollan les permite experimentar dolor, hambre, calor, frío; pueden elegir sus relaciones, etcétera. 7

      A nivel internacional, el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea 8 reconoce a los animales como seres sensibles.

      En México, se ha considerado a la Constitución Política de la Ciudad de México, como vanguardista en el tema de protección animal, al regular en su artículo 13, inciso B, el reconocimiento de los animales como seres sintientes, fomentado su trato digno, respetuoso, una tutela responsable, el deber...

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