Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y del Código Penal Federal, así como de las Leyes Federales del Trabajo, y de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de abandono animal y licencia laboral por cuidados de mascotas., de 15 de Octubre de 2020

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y del Código Penal Federal, así como de las Leyes Federales del Trabajo, y de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, a cargo de la diputada Carolina García Aguilar, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, Carolina García Aguilar, diputada federal del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; fracción I, del numeral 1, del artículo 6 y 77, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del pleno de esta soberanía la presente iniciativa: “que reforma los artículos 21 y 165 de la Ley Federal de Sanidad Animal, 419 Bis del Código Penal Federal, la fracción XXIX Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, la fracción VII, del artículo 43, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, y adiciona el artículo 140 Ter a la Ley del Seguro Social”, considerando la siguiente Exposición de Motivos

La crueldad animal es uno de los actos más atroces que puede cometer un ser humano, máxime cuando se tratan de animales a los que les fue quitada su naturaleza salvaje para ser domesticados; y, por ende, pierden muchas veces la capacidad de defenderse.

Crueldad no solo significa golpear, mutilar o herir a un ser vivo, también abandonarlo. Todo ser vivo, por el hecho de existir tiene el mismo y legítimo derecho a una vida libre de violencia de cualquier tipo.

México aún tiene un estrecho sendero qué recorrer antes asumirse como un país libre de violencia.

Ciertamente, se han dado pasos importantes como la reforma a la ley de Equilibrio Ecológico y a la Ley de Protección del Ambiente y Vida Silvestre, a través de la cual quedó expresamente prohibido el uso de animales en circos. Y a quienes no respeten este mandato legal, serán sancionados con multas de entre 50 y 50 mil salarios mínimos 1 .

Cabe destacar que este fue un avance en materia de protección a los animales, sin embargo, se presentaron dificultades en su aplicación que terminó siendo contraproducente en el momento, pues muchos animales fueron liberados en sus hábitats naturales; situación que ocasionó la muerte de muchos de ellos.

Esto remite a lo que se mencionó en un principio, al “domesticarlos” o “amaestrarlos”, el ser humano les quita habilidades y capacidades naturales de supervivencia. Lo que lleva a su inminente muerte.

La prohibición de las corridas de toros también es otro ejemplo de los esfuerzos que se tienen para luchar en contra del...

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