Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, para fomentar la coordinación de acciones con los gobiernos de los estados y municipios, a efecto de que contemplen procesos de captación de agua de lluvia, para así fomentar una cultura del agua., de 16 de Noviembre de 2017

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, suscrita por los integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, diputados federales integrantes del Partido Verde Ecologista de México de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

El agua dulce sustenta la vida humana y es vital para nuestra salud, se estima que hay suficiente agua dulce para todo el mundo; sin embargo, debido a la mala situación de la economía o a una infraestructura deficiente, millones de personas (la mayoría niños) mueren a causa de enfermedades relacionadas con un abastecimiento de agua, higiene o saneamiento inadecuados. 1

La escasez de agua es un problema que afecta a más de un 40 por ciento de la población mundial y se prevé que aumente; en ese sentido, se advierte que 783 millones de personas no tienen acceso a agua limpia y que más de 1,700 millones viven actualmente en cuencas de ríos en las que el uso del agua supera su recarga. 2

El acceso al agua potable y a los servicios de saneamiento adecuados es vital para la salud humana, pero además tiene otros beneficios importantes, que van desde los que se identifican y cuantifican con facilidad (ahorro de costos y tiempo) hasta los que son más intangibles (comodidad, bienestar, dignidad, privacidad y seguridad). 3

Las Naciones Unidas llevan mucho tiempo abordando la crisis mundial derivada de un abastecimiento de agua insuficiente y la creciente demanda de agua para satisfacer las necesidades humanas, comerciales y agrícolas; en virtud de ello, el 28 de julio de 2010, a través de la Resolución 64/292, la Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícitamente el derecho humano al agua y al saneamiento, reafirmando que el agua potable limpia y el saneamiento son esenciales para la realización de todos los derechos humanos. Dicha Resolución exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a proporcionar recursos financieros, a propiciar la capacitación y la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un suministro de agua potable y saneamiento saludable, limpio, accesible y asequible para todos. 4

En ese sentido, el artículo I.1 establece que “el derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna” y la observación número 15 también define el derecho al agua como el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso personal y doméstico. 5

Por su parte el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ha establecido 17 objetivos de desarrollo sostenibles, los cuales son un llamado universal a la adopción de medidas para poner fin a la pobreza, proteger el planeta y garantizar que todas las personas gocen de paz y prosperidad; dentro de ellos se encuentra inmerso que la integridad de la gobernanza en el sector del agua es condición indispensable para alcanzarlos, pues se reconoce la importancia de las cuestiones relacionadas con el agua por derecho propio y como requisito para hacer realidad muchos de los otros objetivos. 6

En específico el objetivo 6 establece que se debe garantizar la disponibilidad de agua y saneamiento para todos; sin embargo, esto va más allá del agua potable y el saneamiento, ya que además abarca la higiene, la gestión de las cuencas fluviales con especial énfasis en la gestión integrada de los recursos hídricos, y las preocupaciones ambientales. Asimismo, en la meta 6.2 se menciona explícitamente la necesidad de las mujeres y las niñas de saneamiento e higiene adecuados y en condiciones de igualdad.

Aunado a lo anterior, diversos estudios internacionales señalan que el 70 por ciento de la superficie de nuestro planeta es agua, en su mayoría salada, y del 3 por ciento de agua dulce sólo 1 por ciento está al alcance, la restante, o está congelada en los casquetes polares o se encuentra inaccesible. El diccionario del agua define a un país con tensión hídrica como aquel en donde el suministro anual de agua dulce renovable está entre los 1,000 y 1,700 metros cúbicos por persona, esos países probablemente experimenten condiciones temporales o limitadas de escasez de agua. 7

Dicha situación la revela el inventario mundial, el cual reporta entre 12.5 y 14 mil millones de metros cúbicos de agua y si esa cantidad superior se dividiera entre la población mundial actual (aproximadamente 6.9 mil millones de personas), nos reportaría que a cada persona del planeta corresponden tan sólo 2.02 m 3 de agua o sea 2,020 litros, cantidad que según las estimaciones de los estándares de vida aceptables o mínimos arriba comentados implica que su dotación media diaria sería de 5.53 litros, es decir 88.9 por ciento debajo de los 50 litros diarios personales estimados. 8

En virtud de lo anterior y tomando en...

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