Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas., de 10 de Octubre de 2017

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, a cargo del diputado Clemente Castañeda Hoeflich, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, Clemente Castañeda Hoeflich, diputado del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 6, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa que reforma los artículos 1, 2, 3, 8, 15, 18, 23, 24, 25, 27, 27 Bis, 28, 31, 32, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 39 Bis, 40, 41, 42, 43, 44, 46, 51, 53, 70, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 83, 84 y 94 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, conforme a la siguiente: Exposición de Motivos

  1. La obra pública es un tema de importancia estratégica para el desarrollo social y económico en México, pues los diferentes órdenes de gobierno son responsables de la provisión y mantenimiento de infraestructura asociada a la prestación de servicios públicos con miras a mejorar la calidad de vida de las personas. Asimismo, la obra pública, por su vinculación con el sector de la construcción, es generadora de riqueza y tiene un importante impacto económico y social, que se ve reflejado en fuentes de empleo y desarrollo económico.

    Sin embargo, la obra pública en muchos casos se ha visto empañada por actos de corrupción y conflictos de intereses en los que se ven involucrados gobernantes, funcionarios públicos y contratistas, lo que no sólo encuadra en hechos de corrupción y delitos, sino que también encarece los proyectos de infraestructura y representa un costo indebido para las finanzas públicas nacionales, y en muchas ocasiones demerita la calidad de las obras públicas, pues la complicidad merma la debida supervisión de las obras, se atenta contra la competitividad y el desarrollo de empresas, entre otros efectos negativos.

    Resulta fundamental señalar que las instituciones no han sido capaces de sancionar y con ello inhibir los actos de corrupción que se suscitan en cualquiera de las partes implicadas, ya que en la mayoría de los casos denunciados no existen consecuencias para los servidores públicos y particulares implicados, como lo demuestra el hecho de que de 665 denuncias penales presentadas por la ASF solo 19 han procedido, 1 es decir solo el 3 por ciento, mientras que las demás, el 97 por ciento, se ubican solo en una carpeta de investigación del ministerio público.

    Frente a lo anterior, es necesario realizar un cambio sustancial para establecer nuevos criterios de concurso y adjudicación de contratos de obra pública, así como vigilar todos los procedimientos desde la planeación hasta su culminación de las obras, con la finalidad de que pueda llevarse a cabo en todas sus etapas un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas.

    Es necesario resaltar que en julio de 2016 se publicaron las reformas del recientemente creado Sistema Nacional Anticorrupción, incluyendo la Ley General de dicho sistema y la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas, entre otras reformas que constituyen un importante avance institucional en el combate a la corrupción. Sin embargo, en dicho paquete de reformas no se abordó de manera integral el problema de las asignaciones de obra pública, cuestión que por lo tanto representa un pendiente y un reto en materia legislativa.

    II . La ASF ha sido enfática en señalar la recurrencia de prácticas que afectan directamente la inversión en obra pública, señalado lo siguiente: Deficiente planeación, contratación y ejecución de los trabajos. Incumplimiento de los términos contractuales. Modificaciones al proyecto original. Incrementos importantes en los costos. Prórrogas en los plazos de contratación, ejecución y puesta en operación. Serias deficiencias en el control y supervisión de los proyectos. Falta de mecanismos de transparencia de los costos con los valores de mercado. Falta de transparencia en los costos totales del proyecto. Cambio de personal capacitado por personal inexperto o carente de capacidad técnica en los trabajos encomendados. 2

    En este mismo sentido, en todas las etapas del procedimiento de asignación de obra pública, tanto los órganos fiscalizadores, como las organizaciones civiles en materia de transparencia, han detectado opacidad, cuya condición facilita la comisión de actos de corrupción. La organización civil “México Evalúa” de acuerdo con datos del informe “Métrica de Transparencia de la Obra Pública (MeTrop)” 3 reprueba a las dependencias y a los órganos de gobierno que realizan o asignan los contratos de obra pública, proponiendo una adecuación de normas orientadas a la eficiencia e implementación de buenas prácticas, con la intención de atacar los actos de corrupción en cualquier etapa del procedimiento de contratación.

    Ante dicha situación “MeTrop” propone, entre otras cosas, que deban de ser evaluadas y vigiladas todas las etapas del procedimiento, que todos los documentos que se generen de dichos procedimientos sean públicos y que estén con estricto apego a la legislación de transparencia, que existan revisiones periódicas basadas en criterios institucionales con la finalidad de que sean válidas las inspecciones que se llegaran a realizar.

    Entre algunos casos que evidencian la problemática anterior podemos referir lo acontecido en el año 2010 con la construcción de la Estela de Luz, pues con datos del Informe de la Cuenta Pública del año 2011, la Auditoria Superior de la Federación (ASF) detectó la existencia de pagos improcedentes por 248.9 millones de pesos para la compra de acero, así como erogaciones ilegales por 150.3 millones de pesos, donde la misma ASF menciona que se cuadriplicó el precio que se estableció originalmente.

    Por otro lado, el más reciente Índice de Percepción de Corrupción, elaborado por Transparencia Internacional y publicado en enero del 2017, que clasifica a los países de menos a más corruptos, coloca a México en el lugar 123 de 176 países, mostrando a nuestro país como uno de los más corruptos a nivel internacional, lo que trae como consecuencia impactos negativos en la inversión económica, distorsiones de mercado, costos sociales e institucionales que merman la capacidad de desarrollo y el potencial económico de nuestro país.

    Con información periodística se puede constatar que la opacidad y la falta de supervisión asociada a la contratación de obra pública, continúan siendo fuente de corrupción y desvíos de recursos públicos en todos los órdenes de gobierno, como se advierte en las siguientes notas, todas ellas publicadas en el mes de febrero del presente año: Detectan desvío de 43 mdp en obras del complejo petroquímico La Cangrejera. (Pemex) “La Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó un daño patrimonial de más 40 millones de pesos para diversas obras de mantenimiento, rehabilitación y ampliación de diversas plantas ubicadas en el complejo petroquímico La Cangrejera. El documento emitido por la ASF refiere que Petróleos Mexicanos (Pemex) enfrenta un daño patrimonial por 43 millones 628 mil pesos por diversos volúmenes de obra “estimada y pagada, pero no ejecutada” en el complejo La Cangrejera”. 4 Confirman obras pagadas, no ejecutadas. (Durango) “La auditoría interna que la Secretaría de la Contraloría y Modernización Administrativa aplicó a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Estado (Secope) confirmó que se pagaron obras que nunca se ejecutaron. “En este sentido, la titular de esta dependencia, María del Rosario Castro Lozano, confirmó que se detectaron diversas irregularidades como esta, en el ejercicio de recursos por el orden de los 365 millones de pesos”. 5 Indagan obras fantasmas en Veracruz “El Secretario de Infraestructura y Obras Públicas, Julen Rementería, afirmó este miércoles que fueron presentadas cinco denuncias contra quien o quienes resulten responsables por obras que se pagaron durante la gestión de Javier Duarte, pero que son inexistentes”. 6

    Es de destacar el caso del Estado de Veracruz, cuya última administración se encuentra en investigación, pues la ASF solicito a la Procuraduría General de República que investigue un posible desvió de recursos por un monto de 18 mil millones de pesos provenientes de partidas federales destinadas a obra pública y que actualmente no se ha comprobado tal gasto, por la firma de contratos con 26 empresas fantasmas con un acumulado de 53 denuncias penales. Además, la ASF detectó una simulación para comprobar los gastos erogados. 7

  2. Para Movimiento Ciudadano resulta fundamental no solo hacer valer la ley y sentenciar a los responsables de delitos y hechos de corrupción, sino también fortalecer el marco normativo a través de la transparencia y la supervisión interinstitucional para poner orden en la asignación de obras públicas en nuestro país.

    En materia de obras, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134 establece de manera puntual los principios fundamentales por los cuales se deben regir los procedimientos de contratación, como son la eficiencia, economía, transparencia y honradez: “Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen , se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes .”

    No obstante, lo anterior, los procedimientos de contratación pública continúan envueltos en problemáticas de cohecho, conflicto de intereses o colusión, generando...

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