Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Nacional de Procedimientos Penales, y Penal Federal, así como de la Ley General de Salud, para que la comisión de delitos contra la salud tenga claramente establecida la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa., de 9 de Marzo de 2017

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Nacional de Procedimientos Penales, y Penal Federal, así como de la Ley General de Salud, a cargo del diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito César Alejandro Domínguez Domínguez, diputado federal a la LXIII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, numeral 1, fracción VIII, 6, numeral 1, fracciones I y IV, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto, con base en la siguiente Exposición de Motivos

Al amparo de los principios de legalidad y de facultades expresas, la autoridad solo puede actuar conforme a aquello que la ley expresamente le determina.

En ese sentido y al tenor de la teoría de las fuentes del derecho, atendiendo particularmente a las fuentes formales y reales, pareciera que en ocasiones la doctrina debe oponerse a la Ley, cuando la primera a veces se traduce en el “querer ser”, mientras que la ley lo hace en el “deber ser”.

Debemos pues, destacar que la doctrina hoy surge de la ley, pues ésta, para cobrar vida debe estar justificada plenamente, ya sea en otras fuentes, como lo es la ley o derecho comparado, la propia doctrina, la jurisprudencia y la costumbre; sin embargo, hoy los órganos de creación de la ley, debemos actuar tomando como fuente del derecho también a las necesidades sociales y jurídicas para lograr un mejor desarrollo y armonía de nuestro pueblo.

En ese sentido debemos considerar a la ley como una fuente dinámica, y lo mismo debe ser la doctrina, de tal manera que ambas se complementen y no se opongan la una a la otra.

Hoy nuestro país está viviendo una serie de cambios sociales que obligan que las leyes deban ajustarse a la realidad social en el tiempo y espacio en que vivimos, sin que esto signifique que se puedan transgredir los derechos fundamentales de las personas, pero si velando por la paz y la seguridad de la nación ante todo.

Lo anterior deviene de los fenómenos que actualmente se derivan de la inseguridad, y a la argucia que encuentran los delincuentes en la ley para evadirse de la acción de la justicia. Me refiero al caso de los delitos contra la salud estipulados en el Código Penal Federal y Ley General de Salud, pues debido a omisiones en la norma hemos creado una puerta giratoria por la que los delincuentes continúan en las calles cometiendo ilícitos que son considerados como graves para la paz y seguridad nacional.

En atención a lo antes expresado, venimos a proponer una serie de reformas sobre la Prisión Preventiva que establece la Constitución Federal, y que se regula en el Código Nacional de Procedimientos Penales, pero que ésta, actualmente se encuentra desvinculada de la Ley General de Salud...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR