Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Nacionalidad, en materia de nacionalidad mexicana por naturalización., de 29 de Abril de 2016

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Nacionalidad, a cargo del diputado Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, del Grupo Parlamentario del PRI

Quien suscribe, diputado Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan artículos de la Ley de Nacionalidad, en materia de nacionalidad mexicana por naturalización, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

A través de los años hemos visto como la historia de la humanidad sustenta que la razón y el derecho están siendo determinantes en las relaciones internacionales. Por eso debemos impulsar el ejercicio del derecho y usar en todo momento la razón como criterio rector de la política internacional.

En el actual escenario mundial, la política exterior mexicana se sostiene aún en la claridad de acciones y propósitos y en los principios permanentes que hemos fortalecido, no sin hacer hincapié en que el ejercicio de una política exterior de principios no es simple insistencia retórica ni intención de ignorar el contexto político internacional.

En nuestro país la democracia la hemos entendido como un sistema de tolerancia política y respeto recíproco entre los individuos y entre las naciones.

Nuestra política exterior es bosquejo e instrumento de nuestra identidad y fortaleza para la defensa de la soberanía, así como una extensión de principios e intereses que rigen en nuestra política interna y parte de la congruencia y armonización de las políticas interna y exterior.

Por ello es necesario que sigamos poniendo en práctica y reforcemos los mecanismos de cooperación en esta materia dentro de los poderes de la Unión, de las estrategias del Ejecutivo federal y locales, de la sociedad, ya que cada día se torna más compleja y requiere de la actividad de prácticamente todos los sectores de la población.

El caso específico de esta iniciativa es abordar el tema de la nacionalidad mexicana por naturalización, flexibilizar el proceso para obtener esta calidad, pero a su vez endurecer las sanciones para todos aquellos que actúen en contra de la normatividad establecida para obtener la carta de naturalización.

En casi todos los países un requisito principal y adicional para obtenerla naturalización es la mayoría de edad. En México la nacionalidad por naturalización otorga el goce de los derechos y las obligaciones que establecen la Constitución y las leyes respectivas para todos los mexicanos, sin excepción.

El Artículo 30 de la Constitución señala que hay dos formas de adquirir la nacionalidad: por nacimiento, esto también incluye el derecho de sangre y el de suelo, o por naturalización. Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización. A) Son mexicanos por nacimiento: I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres. II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional; III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes. B) Son mexicanos por naturalización: I. Los extranjeros que obtengan de la Secretaría de Relaciones carta de naturalización. II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley.

Al ser...

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