Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia., de 22 de Diciembre de 2015

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, suscrita por los diputados Norma Rocío Nahle García y Virgilio Dante Caballero Pedraza, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, Norma Rocío Nahle García, y en nombre del diputado federal Virgilio Dante Caballero Pedraza, ambos integrantes del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIII Legislatura, en ejercicio de la facultad que le otorgan los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 36, párrafo primero y 45, fracción VII; se adiciona una sección sexta, que comprende un artículo 45 Bis, recorriéndose las actuales secciones Sexta, Séptima, Octava, Novena, Décima, Décima Primera y Décima Segunda a ser Séptima, Octava, Novena, Décima, Décima Primera, Décima Segunda y Décima Tercera, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

El 8 de septiembre, el presidente de la República presentó ante la Cámara de Diputados el paquete económico para 2016 y 8 anexos con iniciativas de ley relativas al paquete, dentro del cual se incluyó la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como de otras disposiciones para crear la Secretaría de Cultura.

La iniciativa fue turnada para su dictamen a la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

La Comisión de Cultura y Cinematografía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, instaló trabajos en conferencia y se hizo una consulta con especialistas, promotores culturales y titulares de diversas áreas del ámbito cultural para conocer su opinión al respecto. También invitó al Titular de la Secretaría de Educación Pública, SEP, y al presidente del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, Conaculta.

Ambos hicieron una exposición amplia sobre la importancia de la cultura en el país y se refirieron al cumplimiento de México en relación con diversos acuerdos internacionales en la materia. También hablaron de la importancia que ha cobrado la cultura como factor determinante para favorecer el desarrollo económico y social del país. En esa reunión, el secretario de Educación afirmó que la razón más importante por la cual era necesaria la creación de una Secretaría de Cultura, era la falta de tiempo del titular de la SEP, para atender los temas relacionados con cultura.

El Grupo Parlamentario de Morena se pronunció en el sentido de que era importante que, antes de una reforma a la Ley Orgánica para crear la Secretaría, era importante que hubiera una Ley General que estableciera claramente la política cultural del gobierno federal. Sin embargo, considerando la opinión ciudadana manifestada en los foros organizados previamente, el voto de los diputados de Morena fue a favor, tanto en el dictamen como en la votación en el pleno.

Pero el voto a favor no implica que los diputados de nuestro grupo parlamentario dejen de analizar los diversos ordenamientos que tienen que ver con el sector cultura. Tanto los que fueron modificados, como los que no se han considerado aun. De eso se dio cuenta en los posicionamientos de los legisladores de Morena cuando se puso a consideración de la asamblea el dictamen de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la reforma a la Ley Orgánica para crear la Secretaría de Cultura.

La iniciativa de Ley para crear la Secretaría de Cultura se votó en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre con 426 votos a favor y una abstención. El martes 15 de diciembre se votó favorablemente por unanimidad en el Senado de la República. El presidente firmó el decreto al día siguiente en el marco de la Entrega del Premio Nacional de Ciencias y Artes, y se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre.

A menos de una semana de promulgada la reforma, presento esta iniciativa con la finalidad de corregir un error en el artículo quinto del decreto de ley publicado en el Diario Oficial de la Federación en donde se modifican dos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El capítulo I del Título III de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia dice se refiere al Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.

El texto original del artículo 36 que se encuentra dentro de este capítulo dice Artículo 36. El Sistema se conformará por las y los titulares de: Y menciona cada una de las dependencias que conforman el sistema.

La iniciativa del Ejecutivo federal elimina el artículo determinado “las”, dejando sólo el artículo determinado masculino plural. Así fue dictaminado por las comisiones competentes en ambas Cámaras, así se votó en el Congreso General, y así también quedó en la publicación del Diario Oficial de las Federación del 17 de diciembre de 2015. De manera que ahora, el artículo 36 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia dice: Artículo 36. El sistema se conformará por los titulares de: Tal vez no les parezca significativa la omisión, ya que ni los revisores del Ejecutivo federal ni los dictaminadores del Congreso se percataron. Posiblemente en otros ordenamientos no tenga tanta relevancia, pero en esta ley sí es relevante porque que se trata de una ley para prevenir cuestiones de exclusión por género. Las mujeres han llevado una lucha por décadas para lograr condiciones de equidad y la ley a la que se refiere la presente iniciativa no puede dejar de tener un lenguaje en el que se enfatice la diferencia de género.

Pero la presente iniciativa no se limita a corregir un error, así quiero interpretarlo de buena fe y no como un acto fallido. Además de corregir la omisión, tanto del Ejecutivo federal como en el dictamen de las comisiones las dos Cámaras, se propone establecer las competencias, facultades y obligaciones a la recién creada Secretaría de Cultura como integrante del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres establecido en el Título III de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La razón es porque en el título III de la ley...

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