Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 201 Bis, del Código Penal Federal, en materia de pornografía infantil en Internet., de 18 de Octubre de 2001

QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTICULO 201 BIS, DEL CODIGO PENAL FEDERAL, EN MATERIA DE PORNOGRAFIA INFANTIL EN INTERNET, PRESENTADA POR LA DIPUTADA LAURA PAVON JARAMILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 18 DE OCTUBRE DE 2001

Nosotros, los que suscribimos, diputados a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55, fracción II, 56, 62 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar, la siguiente iniciativa de decreto por el cual se reforma y adiciona el artículo 201 Bis del Código Penal Federal, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

La explotación sexual comercial de niños es un fenómeno creciente que ocupa actualmente la atención de gobiernos, organizaciones sociales y de la comunidad en general.

Diversos son los factores asociados a la explotación sexual comercial de la infancia.

En general se citan la pobreza, la conducta sexual masculina irresponsable, la migración, el desempleo, la desintegración familiar, el creciente consumismo, violencia intrafamiliar y la desigualdad social como causantes y facilitadores de condiciones que la favorecen.

Por su condición de vulnerabilidad, son los niños y las niñas las principales víctimas de este tipo de explotación al ser utilizados por adultos para sacar ventaja o provecho de carácter sexual y/o económico en base a una relación de poder y subordinación, considerándose explotador, tanto aquel que intermedia a un tercero, como el que mantiene la relación con el menor, no importando si ésta es frecuente, ocasional o permanente.

Dentro de la explotación sexual comercial de menores, existen diversas modalidades que se interrelacionan, reconociéndose las siguientes: prostitución infantil, pornografía infantil, turismo sexual y la venta o tráfico de niños.

Como una respuesta ante la magnitud alcanzada por estas reprobables prácticas, se celebró en agosto de 1996 en Estocolmo, Suecia, el Congreso Mundial contra la Explotación Sexual y Comercial de Niños, el cual movilizó a la opinión pública mundial y marcó un momento histórico en la lucha para enfrentar el problema.

De este Congreso derivó una Declaración y Programa de Acción en los que se exhortó a los países participantes a reconocer el creciente número de niños que son objeto de explotación y abuso sexual y a poner fin a este fenómeno mediante una acción local, nacional e internacional concertada a todos los...

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