Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social; del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros., de 27 de Marzo de 2007

QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES DEL SEGURO SOCIAL; DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES; DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO; Y DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS, A CARGO DEL DIPUTADO NEFTALÍ GARZÓN CONTRERAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado federal de la LX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en ejercicio de la facultad que le conceden el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 55, fracción II, 62 y 63 y del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La esencia de la presente iniciativa es volver a una seguridad social solidaria, devolviendo al Instituto Mexicano del Seguro Social su función como eje de la misma, poniendo fin a la descarada e inconstitucional privatización que la ha sumido en un marasmo.

La imposición, en 1995, de las administradoras de fondos para el retiro (Afore), mediante una nueva Ley del Seguro Social, que entró en vigor el primero de julio de 1997, provocó uno de los movimientos populares más amplios de rechazo; a nadie engañaba esta contrarreforma a la seguridad social, que implica una inconstitucional privatización del IMSS, a quien se le despojaba de recursos vitales para entregárselos a las absurdas empresas de capital extranjero conocidas popularmente como Afore, cuya única obligación legal es arrancar en su favor el máximo de utilidades en el menor tiempo posible. De ahí en fuera, no están obligadas a mantener íntegros los ahorros de los trabajadores, a otorgar un rendimiento mínimo, ni menos a otorgar una pensión a los trabajadores.

A diez años de esta expropiación de derechos a los trabajadores, todas las denuncias sobre los abusos que iban a cometer las Afore se han hecho una nefasta realidad en contra de la clase trabajadora; todo lo cual se puede resumir en una palabra: fraude. Las cosas han llegado a tales extremos que hasta la Comisión Federal de Competencia ha resumido el saqueo de estas administradoras en expresiones como: "sistema caro y poco competitivo", "comisiones altas, rendimiento bajos y ganancias cuantiosas"; "promotores de las Afore que resultan unos truhanes"; "Afore hay que les quitan a los trabajadores hasta el 20 por ciento de su dinero"; "hay trabajadores que no tienen ni una cuenta de cheques y quieren que entiendan de comisiones y rendimientos", entre otras acertadas críticas.

El Estado mexicano, concretamente el Legislativo federal, no debe hacerse cómplice de este saqueo a los trabajadores y a la nación. Ha llegado la hora de suprimir las Afore y exigir cuentas a los responsables.

Analicemos en detalle estos planteamientos:

Las Afore surgieron supuestamente para resolver el problema de las pensiones, poniendo fin al desfinanciamiento del anterior esquema, alegado por los promotores de las reformas, y hacer posibles mejores pensiones para los trabajadores, especialmente de cesantía en edad avanzada y vejez. Sin embargo, las proyecciones actuariales nos muestran un sistema de pensiones, a poco más de nueve años de su entrada en vigor, quebrado financiera y administrativamente, lo cual pone de manifiesto que los recursos de las cuentas individuales son y serán insuficientes para que los trabajadores contraten sus rentas vitalicias y seguros de sobrevivencia ante las instituciones de seguros como lo marca la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR), así sea por un salario mínimo del Distrito Federal. En consecuencia es y será el Estado, en los casos en que el trabajador cubra los requisitos exigidos, quien a final de cuentas cargue con la responsabilidad de cubrir las pensiones como actualmente sucede para las pensiones de riesgos de trabajo, invalidez y muerte no profesional y sucederá en lo futuro con las "pensiones garantizadas" de cesantía y vejez, cuyo monto, por otro lado, seguirá siendo insuficiente para lograr el bienestar y dignidad de los pensionados. Pero aún hay una interrogante más: ¿tendrá el Gobierno Federal la solvencia para cubrir unas pensiones garantizadas que se proyectan como prácticamente exigibles en la mayoría de los casos? Esto en contra de la letra y espíritu de la Ley del Seguro Social, que preveía esta responsabilidad subsidiaria del Estado, respecto a las mencionadas "pensiones garantizadas", sólo como una excepción. Proyectándose una deuda contingente de enormes dimensiones; entonces, ¿para qué mantener un esquema que sólo se transforma en mecanismo del neoliberalismo (vía especialmente el cobro de altísimas e inconstitucionales comisiones y la realización de inversiones en la bolsa, incluidos los valores extranjeros) para saquear los fondos de pensiones en perjuicio de los trabajadores y sus familias y la nación?

En suma, las Afore no han resuelto el problema para cuya solución teóricamente fueron creadas, sino que también proyectan una agravación del mismo, por lo que se debe a la brevedad abordar esta situación y buscarse vías de solución antes de que estemos, frente a un verdadero Fobaproa de la seguridad social, de incalculables consecuencias financieras, sociales y políticas.

Complicando aún lo anterior, debe insistirse en que las Afore básicamente pertenecen al capital extranjero.

El propio Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en diversos informes presentados al Congreso de la Unión, alerta sobre la necesidad de reducir las altas comisiones que cobran las Afore, aumentar las tasas de rendimiento de las cuentas individuales e igualmente fijar costos menores para la contratación de las rentas vitalicias ante las instituciones de seguros.

En vista de lo anterior, urge efectuar los cambios legislativos necesarios para que los recursos que mal e inconstitucionalmente (en cuanto implica una privatización de los fondos de pensiones, en franca oposición a lo ordenado por la fracción XXIX del artículo 123, apartado "A", de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) administran las Afore, retornen a la seguridad social pública y solidaria, en beneficio de la clase trabajadora y la viabilidad del país, partiendo de los principios de ésta y recogiendo lo mejor del pasado de esta seguridad social, pero con las adecuaciones que exigen las nuevas circunstancias y los retos del futuro.

En virtud de lo anterior, la presente iniciativa gira sobre los siguientes ejes esenciales

  1. El IMSS debe transformarse en el administrador de las cuentas individuales, lo que permitirá: a) Que la comisión que se cobre por la administración de las cuentas individuales, la cual obviamente debe ser mucho menor que la que cobran las Afore, inyectará recursos financieros al Seguro Social, en lugar de ir a engordar el negocio privado de empresas extranjeras.

    1. Que el IMSS, que actualmente realiza gran parte de las labores de administración del sistema de pensiones para el beneficio inconstitucional de las Afore, puesto que el IMSS trabaja y las Afore son las que cobran: registra a las empresas, inscribe a los trabajadores, da cuenta de las incidencias de los trabajadores y patrones (altas, bajas, modificaciones salariales, incapacidades, ausencias, suspensiones, fusiones, etcétera), notifica las cédulas de determinación, efectúa las tareas de cobranza ante las omisiones patronales, recibe los pagos y, sobre todo, lleva la base de datos más completa de patrones, trabajadores y sus familiares, a diferencia de las Afore y, en su tiempo, los bancos que operaban el anterior SAR, que llevan y llevaron un verdadero relajo con dos o tres cuentas individuales por trabajador, no se tiene o se tiene un pésimo registro de los beneficiarios de los trabajadores y, por si fuera poco, las Afore se han apoyado en la base de datos del IMSS para hacer su supuesta administración.

    2. Además, como el IMSS se encarga y encargará conforme a nuestra propuesta de emitir las cédulas de determinación en las cuales se contienen las aportaciones y descuentos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y, además de prestarle a este último instituto los servicios de recepción de pagos; el IMSS tendrá derecho a una remuneración por estas tareas, debiendo ser el Consejo de Administración del Infonavit quien establezca el mecanismo de remuneración correspondiente. Por tanto, esto representará una fuente más de ingresos para el Seguro Social. 2. Por otro lado, para evitar que la inversión de los recursos sea distraída a otros fines, tanto por las empresas privadas estilo Afore como por la burocracia del IMSS, propongo que se realice por una instancia de derecho público con carácter autónomo, como el Banco de México, que ya tiene una gran experiencia en esta tarea en el campo de los sistemas de ahorro para el retiro, pues hasta el 30 de junio de 1997 se encargó de invertir los recursos de pensiones de los trabajadores afiliados al IMSS, y actualmente lo sigue haciendo respecto a los fondos de las cuentas individuales de los trabajadores al servicio del Estado y para el Infonavit (cuyos recursos afortunadamente no los maneja materialmente las Afore), razones:

    3. Los recursos se entregarían a una entidad con autonomía y con personal con amplia experiencia en materia de inversión de fondos de pensiones y en general de seguridad social. b) No habría necesidad de invertir abultadas cantidades de tiempo ni de recursos para su formación, pues la entidad referida ya está constituida, lo que permitiría de inmediato...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR