Iniciativa parlamentaria que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos., de 15 de Diciembre de 2001

Gaceta Parlamentaria, año IV, número 903-I, martes 18 de diciembre de 2001 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 903-I, martes 18 de diciembre de 2001 Iniciativa presentada el sábado 15 de diciembre de 2001 DEL EJECUTIVO FEDERAL, QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS

Ciudadana Beatriz Elena Paredes Rangel

Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión,

Presente.

En ejercicio de la facultad constitucional concedida al Ejecutivo Federal, se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de usted, la presente Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley Federal de Derechos.

Para tales efectos, se expresan a continuación los motivos que sustentan esta Iniciativa.

Antecedentes

Esta Iniciativa se presenta dentro del marco de la propuesta que con anterioridad envié a esa H. Cámara de Diputados denominada Nueva Hacienda Pública Distributiva, cuya finalidad principal es construir un México de menos contrastes y más justo, que permitirá en el ámbito nacional e internacional una prestación de servicios más eficiente. Este reto, se propone sea un compromiso compartido con la sociedad.

Por ello, uno de los principales compromisos de esta administración es mejorar la actitud de las personas al cumplir con sus obligaciones fiscales. La nueva cultura del cumplimiento fiscal debe basarse por una parte en el compromiso de asegurar que cada peso que aporten los ciudadanos por concepto de pago de contribuciones, se vincule estrechamente con el ejercicio transparente y honesto del gasto público, bajo un estricto sistema de rendición de cuentas, mediante el cual se declare a la sociedad los gastos e inversiones realizadas; y por la otra que las contribuciones, más que una carga para el contribuyente, sean un compromiso que el gobierno contrae para ofrecer servicios con la calidad que demandan los mexicanos.

Los derechos constituyen instrumentos económicos que utiliza el Estado para promover un aprovechamiento racional y sustentable de los bienes de dominio público de la Nación, así como para salvaguardar el interés general al fijar los montos de los derechos que los beneficiarios específicos de la población pagan al Estado por los servicios que presta en funciones de derecho público.

Con la aspiración de sobrepasar las condiciones económicas prevalecientes de escasez de recursos y, ante la necesidad de racionalizar la prestación de los servicios públicos y el uso, goce o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Nación por los que se cobran derechos, se proponen modificaciones y adiciones en términos de inducir criterios de equidad y proporcionalidad y de ajustar los montos de los derechos al costo total del servicio, tomando en consideración su costo específico.

En ese sentido, se propone un esquema gradual de cobro para las aguas nacionales que se utilicen en los usos de riego agrícola, así como eliminar la exención a los usos ganaderos, tomando como base que el agua como recurso no renovable, es cada vez más escaso, lo cual implica la necesidad de adoptar medidas inmediatas para mantener la sustentabilidad del recurso, ya que en algunas regiones del país el consumo rebasa ampliamente la recarga natural de los acuíferos subterráneos, lo que aumenta nuestra dependencia hacia las lluvias, que se vuelven cada vez más impredecibles, producto de la mutación climática que vive el planeta. Por lo tanto, es urgente impulsar una cultura del uso racional del agua, que refleje su creciente valor de escasez, y a la vez motivar a desarrollar mecanismos de ahorro de agua en cada uso del recurso y promover nuevas técnicas de aprovechamiento.

Se propone eliminar los subsidios por concepto de derechos de agua, de minería y de la industria de la celulosa y del papel, ya que resulta injustificado mantener en forma indefinida un régimen que se estableció con el carácter de transitorio, con el fin de ayudar a las industrias a superar la crisis en que se encontraban, y que actualmente ya no existe razón para mantener el beneficio fiscal.

Por último, se proponen también reformas a las disposiciones de la Ley Federal de Derechos, con el objetivo de garantizar el flujo de recursos suficientes para la protección y conservación de las áreas naturales, de la biodiversidad, de la flora, de la fauna, y en general para la preservación de los ecosistemas, así como para el mejoramiento de los servicios migratorios y la promoción del turismo.

Consideraciones

De acuerdo con lo anterior, se plantean diversas reformas y adiciones a la Ley Federal de Derechos, con el propósito: de adecuar las disposiciones fiscales al entorno económico y otorgar certidumbre a los contribuyentes en el pago de sus obligaciones; promover el mantenimiento y conservación de los recursos naturales que constituyen bienes de dominio público; fomentar el uso racional y aprovechamiento sustentable de los bienes de dominio público de la Nación; inducir el aprovechamiento sustentable al turismo cinegético, incluso a través de incentivos parciales; establecer bases para el mejoramiento de los servicios migratorios; reducir o eliminar subsidios injustificados en materia de derechos, recuperar los rezagos de los montos de los derechos en relación con los costos totales de los servicios e inducir criterios de proporcionalidad en los montos de los derechos, respecto de los costos de los servicios asociados, así como la modificación del tratamiento fiscal a las aguas para usos agrícolas y ganaderos.

  1. Medidas para adecuar las disposiciones fiscales al entorno económico y otorgar certidumbre a los contribuyentes en el pago de sus obligaciones.

    Ante la expectativa de alcanzar una mejor y eficaz prestación de los servicios y una mayor protección y conservación de determinados bienes de dominio público, se contempla el otorgamiento de un esquema de destinos específicos de ingresos por derechos, , a fin de que dichos recursos sean destinados al aprovechamiento y conservación de los bienes específicos que se consideren de interés público.

    Por otra parte, en virtud de los diversos cambios en la legislación aplicable a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se hace necesario adecuar la Ley Federal de Derechos, con el objeto de brindar certidumbre jurídica a los usuarios de los servicios que regula dicha Comisión.

    Asimismo, considerando las modificaciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en donde se consigna la creación de la Secretaría de Seguridad Pública, se propone crear un Capítulo para los derechos por los servicios que presta esa Secretaría, haciéndose los ajustes correspondientes en el capítulo de la Secretaría de Gobernación, en virtud de que algunos de los servicios que esta última prestaba, son prestados ahora por la nueva Secretaría.

    En relación con el Poder Judicial de la Federación, se propone incorporar el derecho por el registro de especialistas de concursos mercantiles, bajo la perspectiva de que los interesados en desempeñar las funciones de visitador, conciliador o síndico en los procedimientos de concurso mercantil, soliciten al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, su inscripción en el registro respectivo, de conformidad con las disposiciones previstas en la Ley de Concursos Mercantiles, para lo cual deberán cubrir el monto de los derechos equivalentes a los costos del servicio público de registro que se proporciona. Este derecho se incluye a propuesta expresa del Poder Judicial de la Federación.

    También es de destacar la propuesta de otorgarles el carácter de derechos, al pago que los particulares realicen por los servicios que presta el órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes denominado Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano, en consideración a la naturaleza de los servicios que presta dicho órgano en su función de derecho público, contribución que se propone establecer mediante el cobro a través de dos regímenes optativos, uno mediante la fijación de cuotas por cada servicio prestado y de acuerdo con el tipo de aeronave a la que se presta el servicio; y el segundo mediante el establecimiento de una cuota por litro de combustible suministrado a cada aeronave, teniendo como propósito fundamental dar certeza jurídica a los usuarios del espacio aéreo mexicano.

  2. Medidas para promover el mantenimiento y conservación de los recursos naturales.

    Dado que el sector de agricultura de riego es el mayor usuario de agua dulce en el país, -al consumir entre el 75% y 80% del total del recurso- es fundamental impulsar una política de mayor racionalización en el uso del agua en este sector, que tiene como vertientes fundamentales, el iniciar una sustitución de cultivos, mejorar las técnicas de conducción y de riego, así como evitar el uso del recurso sin control ni vigilancia del organismo encargado de la administración de las aguas nacionales. Esto sólo es posible en la medida en que el usuario agrícola de riego asuma el costo por el agua que utiliza, que incluso se cobra al precio máximo cuando su uso se lleva a cabo sin autorización y control.

    Por tal motivo, se propone establecer un cobro por el agua de riego utilizada a la agricultura comercial, lo que no afecta a la agricultura de temporal, que es la que concentra a los sectores de mayor marginalidad del sector agrícola, con una tarifa diferenciada.

    Al respecto, un primer tramo se otorgará de manera gratuita, para garantizar el consumo de subsistencia del sector.

    Un segundo tramo, orientado a la agricultura de riego comercial, refleja el costo de sustitución de cultivos intensivos en agua por cultivos igualmente rentables pero que usan menos agua por unidad de producto.

    Un tercer tramo, aplicable inicialmente sólo a regiones que tienen procesos agudos de agotamiento de acuíferos subterráneos, se orienta a evitar consumos mayores que la recarga.

    Finalmente, un...

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