Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona la Ley del Seguro Social, la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley del Impuesto Sobre la Renta., de 15 de Octubre de 2002

QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES COOPERATIVAS Y LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PRESENTADA POR EL SENADOR JOSE CARLOS COTA OSUNA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presentes

Me permito informar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, el senador José Carlos Cota Osuna, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley del Seguro Social, la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

La Presidencia dispuso que dicha iniciativa se remitiera a la Cámara de Diputados, misma que se anexa.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, DF, a 8 de octubre de 2002.

Sen. Carlos Chaurand Arzate (rúbrica)

Vicepresidente en Funciones

CC. Presidente y Secretarios de la H. Cámara de Senadores

Presentes

Los que suscribimos, senadores de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 73, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara de Senadores la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley del Seguro Social, la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con arreglo en la siguiente

Exposición de Motivos

I. La actividad pesquera representa para la economía nacional una importante fuente de empleos y un factor fundamental para el desarrollo de México. En ella, miles de familias del golfo, el Pacífico y el Caribe han encontrado una opción viable para lograr condiciones de vida digna.

Debido a lo anterior, el Estado mexicano ha apoyado durante varias décadas la constitución de cooperativas pesqueras, a fin de que mediante la organización y la suma de esfuerzos, pudiera potenciarse el trabajo, la capacidad productiva y de comercialización de productos provenientes del mar y de la pesca ribereña.

En ese contexto, fue indispensable impulsar políticas públicas que facilitaran el desarrollo de la pesca en nuestro país. Se establecieron medidas tendientes a garantizar la seguridad social de los pescadores y de sus familias; fomentar la creación de cooperativas con acciones de carácter fiscal; al tiempo de proteger el medio ambiente y la preservación de las especies marinas.

No obstante los avances logrados, recientemente se han venido adoptando algunas medidas que están afectando la viabilidad económica de las sociedades cooperativas, ya que no han tomado en cuenta las características específicas de la pesquería y se han establecido obligaciones que es pertinente flexibilizar.

Por tanto, la presente iniciativa tiene el propósito de que se modifiquen algunas disposiciones de tres ordenamientos que tienen que ver con el régimen de la seguridad social y tributario de las cooperativas pesqueras, para que respondan a la naturaleza y fines de este tipo de sociedades.

En particular, se propone modificar la Ley del Seguro Social a fin de que los socios y trabajadores de las cooperativas, así como sus familias, puedan ser inscritos en el régimen voluntario; reformar la Ley General de Sociedades Cooperativas para que exista concordancia con las adecuaciones que se proponen respecto de la Ley del IMSS; y del mismo modo, adicionar la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con el objeto de que existan condiciones de equidad en las disposiciones relativas a la tributación de las cooperativas pesqueras.

II. Por lo que hace a la Ley del Seguro Social, primeramente se requiere valorar lo previsto en el artículo 12, cuya fracción II estipula que las sociedades cooperativas deberán sujetarse al régimen obligatorio del seguro social, como si se tratara de empresas en las que existen relaciones patronales formales, sin considerar que los miembros de las sociedades cooperativas no están sujetos a percepciones...

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