Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas fracciones de los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 22 de Abril de 2004

Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1481-I, jueves 22 de abril de 2004 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1481-I, jueves 22 de abril de 2004. Iniciativas Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Título Vigesimocuarto del Código Penal Federal , enviada por el Ejecutivo federal. Que adiciona en el Libro Segundo el Título Vigésimo Séptimo, "De los Delitos Deportivos", al Código Penal Federal, a cargo de la diputada Rosalina Mazari Espín, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores , a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado José Alarcón Hernández, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma diversos artículos del Código Federal de Procedimientos Penales y el artículo 12 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada , en materia de arraigo, a cargo del diputado Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez, del grupo parlamentario del PAN. Que adiciona dos párrafos al artículo 194 de la Ley del Seguro Social , a cargo del diputado Emilio Serrano Jiménez, del grupo parlamentario del PRD. Que reforma y adiciona el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada María del Carmen Izaguirre Francos, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 194-M de la Ley Federal de Derechos , a cargo del diputado José Isabel Trejo Reyes, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos , a cargo de la diputada Irma S. Figueroa Romero, del grupo parlamentario del PRD. Que adiciona un párrafo al artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal , a fin de que los municipios puedan aplicar hasta 10% del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal, a cargo del diputado Martín Vidaña Pérez, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, y de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal, en materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, a cargo del diputado Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña, del grupo parlamentario del PAN. De Ley para la Inscripción y Regularización de Vehículos Automotores de Procedencia Extranjera , a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del PRD. Que adiciona la fracción II del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI. De Ley Federal de Cabildeo , a cargo de la diputada Cristina Portillo Ayala, integrante del grupo parlamentario del PRD. Que adiciona un artículo 48 Bis a la Ley Federal de Vivienda, a cargo del diputado Mario Moreno Arcos, del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona las fracciones II y IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la fracción I del artículo 2 de la Ley de Coordinación Fiscal, a cargo del diputado Sergio Armando Chávez Dávalos, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados , a cargo del diputado Quintín Vázquez García, del grupo parlamentario del PRI. Que adiciona los artículos 192 y 193 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal , a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal, del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, relativos a inseminación artificial, fecundación extracorpórea, fecundación post mortem, maternidad subrogada o préstamo del útero y donación de semen, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas fracciones de los artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Hugo Rodríguez Díaz, del grupo parlamentario del PRI.

Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL TITULO VIGESIMOCUARTO DEL CODIGO PENAL FEDERAL, ENVIADA POR EL EJECUTIVO FEDERAL

México, DF, a 21 de abril de 2004.

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Presentes

Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente envío a ustedes la iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Título Vigesimocuarto del Código Penal Federal, documento que el propio Primer Magistrado de la nación propone por el digno conducto de ustedes.

Sin más por el momento, les reitero la seguridad de mi consideración.

Atentamente

Lic. M. Humberto Aguilar Coronado (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo

  1. DIP. JUAN DE DIOS CASTRO LOZANO,

    PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.

    PRESENTE.

    La Democracia es una aspiración de los Pueblos que respetan los Derechos Humanos y la esencia del hombre como ser político. Es un Derecho establecido no sólo en nuestra Constitución Política, sino en diversos instrumentos con carácter universal, como la Carta de las Naciones Unidas y el Pacto de Derechos Civiles y Políticos de esa propia Organización, al que México se adhirió el 23 de marzo de 1976, entrando en vigor para nuestro país el 23 de junio de 1981.

    La Democracia, como lo señala nuestra Carta Magna no es sólo una estructura jurídica y un régimen político, sino un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. Para lograr este objetivo en nuestra Nación, es necesario no sólo la planeación democrática del desarrollo nacional y la consideración permanente de la voluntad de los mexicanos en constituirse en una República Representativa, Democrática y Federal, sino que es necesario que las ciudadanas y los ciudadanos mexicanos y nadie más, participen en la selección de sus representantes populares; en la renovación de los Poderes Ejecutivo y Legislativos Federales, mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, en las cuales la certeza, la legalidad, la independencia, la objetividad y la imparcialidad sean sus principios rectores.

    El proceso de democratización en México, se ha venido forjando a lo largo de los años; ha incidido en diversos ámbitos de la vida política, hasta culminar con la alternancia, producto del sufragio en las urnas. Esto se pudo lograr fundamentalmente gracias a la creación y consolidación de las instituciones electorales imparciales e independientes que permitieron que la voluntad ciudadana se expresara y se respetara. Se ha ido asentando y expandiendo la certeza jurídica y por tanto, la legalidad en las elecciones junto a la construcción de un auténtico sistema de partidos que, con los años, multiplicó su presencia a lo largo y ancho del país, haciendo posible comicios más competidos y equilibrados, en los que finalmente se desvanecieron las victorias o derrotas predeterminadas. Es justo reconocer que se ha ido consolidando una cultura de legalidad electoral entre partidos y ciudadanos que vale la pena reconocer y potenciar.

    La estabilidad política en el Estado Mexicano no solo depende de la vigencia de una forma de gobierno ni del éxito de un modelo económico. La explicación debe ser de carácter integral, considerando sobre todo su sistema electoral, implementado a partir de una nueva cultura política alcanzada mediante un consenso social.

    La credibilidad y grado de gobernabilidad que existen en los países democráticos está íntimamente ligada a la forma como se conjugan el sistema de gobierno, el sistema electoral y su subsistema de partidos políticos, pues la combinación de estos tres factores asegura la estabilidad de un verdadero Estado Democrático de Derecho.

    En los últimos tiempos, el sistema electoral ha determinado el subsistema de partidos y éste, a su vez, ha influido de manera importante en la capacidad funcional de la forma de gobierno, de manera tal que vivimos una época cuya principal característica es la transición hacia el cambio y, por ende, las fórmulas que funcionaron en el pasado no necesariamente son exitosas hoy; la realidad política de nuestro país exige procesos electorales transparentes y apegados a la ley, sin margen para la falta de eficacia, de credibilidad, moralidad o inclusive legitimidad de las instituciones democráticas, de ahí que las normas jurídicas buscan reflejar la vida de los ciudadanos en sus diversos órdenes en los que tiene injerencia cualquiera que sea su fuente.

    En este marco, la Procuraduría General de la República tiene entre sus responsabilidades la de investigar los delitos federales, entre los que se incluyen los de naturaleza electoral, con la finalidad no sólo de perseguirlos, sino también de prevenirlos. Vela así por la efectividad del voto y fortalece la cultura cívica política de las mexicanas y de los mexicanos.

    Esta tarea de procuración de justicia en materia electoral, exige una constante revisión y actualización de los preceptos que salvaguardan los distintos bienes jurídicos relacionados con los procesos electorales que sustentan nuestra vida democrática. En este sentido, de la experiencia derivada del quehacer institucional de la Fiscalía Especializada...

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