Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 26 de Julio de 2006

QUE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 93 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS FERNANDO ALBERTO GARCÍA CUEVAS Y JOSÉ PORFIRIO ALARCÓN HERNÁNDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, Y RECIBIDA EN LA SESIÓN DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2006

Los que suscriben, ciudadanos diputados federales Fernando Alberto García Cuevas y José Porfirio Alarcón Hernández, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, someten a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma y adiciona el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

Entre las facultades que tiene constitucionalmente el Poder Legislativo federal está citar a funcionarios públicos a comparecer para que informen del estado que guardan los asuntos de las dependencias y entidades a su cargo, y también pueden ser requeridos en el curso de investigaciones sobre presuntas anomalías o irregularidades que hayan tenido lugar en los mismos.

Es ya común, tanto para los funcionarios como para los legisladores, que después del Informe de Gobierno que el Presidente de la República rinde ante el Congreso de la Unión se presente un caudal de comparecencias de secretarios de despacho, primero, y en los meses siguientes, de titulares de dependencias y de entidades públicas.

Y durante éstas, podemos dar cuenta de escarceos, enfrentamientos verbales, opiniones divergentes, apoyos, explicaciones, disculpas, etcétera, mientras que el funcionario en turno apura sus intervenciones, a veces presionado, a veces enfadado, a veces hasta agredido, pero siempre con el convencimiento de que después de esas tres horas amargas o difíciles volverá a su despacho sin más responsabilidad de la que puede derivarse de los compromisos, explicaciones o acuerdos verbales a que pudo haber llegado durante su intervención ante los legisladores.

Cierto, los servidores públicos, si fallan gravemente en sus encargos, son susceptibles de juicio político, pero todos aquí conocemos las dificultades para echar a andar ese procedimiento, el...

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