Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Generales para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de Población, y de Salud., de 3 de Marzo de 2009

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES GENERALES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, DE POBLACIÓN, Y DE SALUD, A CARGO DE LA DIPUTADA ANA MARÍA RAMÍREZ CERDA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM

Ana María Ramírez Cerda, diputadaa la LX Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, 56, 60 y 64 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante el pleno de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa

Exposición de Motivos

En 1994 se celebró la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo. Este acontecimiento reviste importancia pues con él se consolida y define el campo de la salud sexual y los derechos reproductivos con base en los siguientes conceptos: " La salud reproductiva es un estado general de bienestar físico, mental y social en todos los aspectos relacionados con el sistema reproductivo y sus funciones y procesos. Ello lleva implícito el derecho del hombre y la mujer a obtener información y tener acceso a métodos de su elección seguros, eficaces, aceptables y económicamente asequibles en materia de planificación de la familia, así como a otros métodos de su elección para la regulación de su fecundidad, que no estén legalmente prohibidos; y el derecho de la mujer a tener acceso a los servicios de atención de la salud que propicien los embarazos y los partos sin riesgos. La atención de la salud reproductiva incluye la salud sexual, cuyo objetivo es el desarrollo de la vida y de las relaciones personales.

Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales de derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas, aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el momento de tenerlos, y a disponer de la información y los medios necesarios para ello, y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye el derecho de todas las personas a adoptar decisiones en relación con la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia. Se debe prestar plena atención a la promoción de relaciones de respeto mutuo e igualdad entre hombres y mujeres, y particularmente a la satisfacción de las necesidades adicionales y de servicios de los adolescentes con el propósito de que puedan asumir su sexualidad de modo positivo y responsable.

[…] Deberían elaborarse programas innovadores para que los adolescentes y los hombres adultos tengan acceso a información, asesoramiento y servicios de salud reproductiva. Esos programas deben educar y facultar al hombre para que comparta por igual las responsabilidades de la planificación de la familia y las labores domésticas y de crianza de los hijos y acepte la importante responsabilidad de prevenir las enfermedades de transmisión sexual." 1 El tema que nos ocupa en esta iniciativa atiende a los derechos reproductivos, que es el contexto en el cual se da la reproducción humana y se definen los roles de los hombres y las mujeres.

En México los derechos reproductivos están consagrados en el artículo 4o. de la Constitución: "Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos".

Es una garantía individual que mujeres y hombres decidan cuántos hijos tener y cuándo tenerlos, y que, sea cual fuere su decisión, el Estado proteja su salud y bienestar en todos los aspectos ligados a la procreación.

Esta garantía data de la década de los setenta, pues anteriormente el marco jurídico de nuestro país reflejaba el predominio de políticas pronatalistas, de modo que la promoción y venta de anticonceptivos estaba prohibida.

En 1974 se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer el derecho de las personas a decidir sobre el número y espaciamiento de sus hijos de manera libre, responsable e informada; ese mismo año se publicó la nueva Ley General de Población con la que se avanzó significativamente en la definición de políticas públicas en materia de la vida reproductiva y el rol del Estado. Más tarde, en 1984, se promulgó la Ley General de Salud, donde quedó establecida la planificación familiar entre los servicios de salud a través del establecimiento de programas de planificación familiar.

La introducción de estos programas contribuyó a acelerar el cambio demográfico en el país y a crear una nueva cultura de la salud reproductiva dirigida exclusivamente a la mujer.

Uno de los objetivos acordados en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo de 1994 fue lograr que los hombres participen más y asuman una mayor responsabilidad práctica en la planificación de la familia.

Los hombres, por lo general, se involucran en la sexualidad y en la reproducción desde una posición de control del cuerpo de las mujeres que asumen como algo natural; esto se debe principalmente a que ellos no tienen procesos reproductivos en sus cuerpos –no menstrúan, ni se embarazan- y pueden evadir las consecuencias de sus prácticas sexuales. Los riesgos y responsabilidades tanto de la planificación familiar como del cuidado de la prole recaen predominantemente en las mujeres. Esta realidad deja lejos las decisiones compartidas.

Debemos reconocer que desde la perspectiva del cuidado de la salud, es fundamental que existan políticas concentradas en el rol reproductivo materno. Sin embargo, dichas políticas han influido para establecer el estereotipo de la mujer como única responsable del control natal y, por tanto, las únicas usuarias de los servicios de planificación familiar.

Hay barreras socioculturales: el control natal es considerado terreno femenino porque se le...

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