Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil., de 30 de Abril de 2008

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE FOMENTO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, A CARGO DE LA DIPUTADA BERTHA YOLANDA RODRÍGUEZ RAMÍREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, presenta la siguiente iniciativa por la que se adiciona el artículo 6 Bis y se deroga la fracción VII del artículo 7 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, al tenor de la presente

Exposición de Motivos

La acción de apoyar con recursos públicos las actividades que la sociedad civil organizada lleva a cabo en favor del desarrollo democrático, equitativo y apegado al respeto a los derechos humanos por parte del Estado, históricamente se ha vinculado a colectivos adherentes hacia una fuerza política, generalmente en el gobierno, bajo un esquema corporativo.

En febrero de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la denominada Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, obedeciendo principalmente al cabildeo de 10 años por parte de organizaciones filantrópicas y de corte asistencialista, en aras de evitar la aplicación del impuesto sobre la renta derivado de la reforma fiscal de 1990, y que gravó a las asociaciones civiles consideradas como personas morales en su clasificación de sociedades mercantiles.

Sin embargo, esta medida, congruente con la lógica de este porcentaje de organizaciones que funcionan más con una estructura de empresa, fue elevada a rango jurídico como un criterio para valorar las actividades desempeñadas por todo tipo de organizaciones sociales que deseen acceder a financiamiento público, a manera de requisito condicionante.

Esta realidad jurídica, en apariencia dirigida a fortalecer el trabajo de las organizaciones civiles, resultó contradictoria con las acciones habituales de las ONG, cuya trayectoria, en fines explicables por sus orígenes desde los movimientos sociales, sigue estando más identificada con la contrapropuesta de desarrollo, con el monitoreo ciudadano, con la transparencia y con la inclusión social de todos los sectores de la población y no sólo con los políticamente correctos.

La intención de homologar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR