Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, en materia de productos de sanidad., de 26 de Octubre de 2004

QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL, EN MATERIA DE PRODUCTOS DE SANIDAD, A CARGO DEL DIPUTADO GUILLERMO TAMBORREL SUÁREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

En nombre del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, los diputados José Luis Treviño Rodríguez, Ernesto Dávila Aranda y Guillermo Tamborrel Suárez, en uso de las facultades que nos otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 71, fracción II, y 55, fracción segunda, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa de ley que reforma los artículos 2° y 63, y adiciona un artículo 64 a la Ley Federal de Sanidad Animal, bajo la siguiente

Exposición de Motivos

A través de su ya larga intervención en la vida pública nacional y concretamente en la conformación del marco jurídico que nos rige, Acción Nacional ha propuesto, defendido y apoyado todas las acciones e iniciativas que impulsan el bien común y el desarrollo sustentable del ser humano.

En Acción Nacional buscamos y siempre buscaremos que el ejercicio responsable de la libertad en la democracia conduzca a la justicia y a la igualdad de oportunidades para la consecución del bien común.

En Acción Nacional creemos en que todas las personas tienen el derecho y la obligación de ejercer responsablemente su libertad para crear, gestionar y aprovechar las condiciones políticas, sociales y económicas, con el fin de mejorar la convivencia humana. Libertad que ha de coexistir creativa y solidariamente con la libertad de los demás.

Asimismo, creemos que la vida, la dignidad y la salud, entre otras muchas cosas, deben cuidarse y protegerse con toda la generosidad y fuerza con que cuente el Estado.

También estamos ciertos de que el derecho a la salud es un derecho intrínseco e inalienable al ser humano y por ende anterior a los derechos garantizados por el Estado tal y como lo establece el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmado y ratificado por nuestro país.

Compartimos plenamente el espíritu del artículo 5° constitucional que establece que cada cual puede dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo lícitos.

Por todo lo anterior, nos permitimos someter ante esta soberanía el presente proyecto de decreto que modifica la Ley Federal de Sanidad Animal. Todo ello con el objetivo de proteger...

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