Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en materia de trámites., de 5 de Octubre de 2004

Gaceta Parlamentaria, año VII, número 1598-I, martes 5 de octubre de 2004 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1598-I, martes 5 de octubre de 2004. Iniciativas Que reforma y adiciona los artículos 69 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Enrique Escalante Arceo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Agraria , a cargo del diputado Margarito Fierros Tano, del grupo parlamentario del PRD. Con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de publicidad engañosa, a cargo del diputado Luis Maldonado Venegas, del grupo parlamentario de Convergencia. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por diputados integrantes de la Comisión Especial Sur-Sureste de México. Que reforma el artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fisca l, a cargo de la diputada Nora Elena Yu Hernández, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal , Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada , a cargo del diputado Jesús Aguilar Bueno, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el artículo 4° de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación , a cargo del diputado Guillermo Tamborrel Suárez, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del diputado Omar Bazán Flores, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma y adiciona el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo de la diputada Martha Leticia Rivera Cisneros, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones , a cargo del diputado Gonzalo Moreno Arévalo, del grupo parlamentario del PRI. Que reforma el párrafo segundo del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por los diputados Rogelio Alejandro Flores Mejía y Felipe de Jesús Díaz González, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma el primer párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer responsabilidades a todos los servidores públicos, a cargo del diputado José Javier Osorio Salcido, del grupo parlamentario del PAN. Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación , en materia de trámites, a cargo del diputado Tomás Antonio Trueba Gracián, del grupo parlamentario del PAN.

Iniciativas

QUE REFORMA Y ADICIONA LOS ARTÍCULOS 69 Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIPUTADO ENRIQUE ESCALANTE ARCEO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

En ejercicio de las facultades que me otorga el artículo 71 constitucional, someto a la consideración de esta soberanía una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 69 y se adiciona una fracción IX al artículo 78, para modificar el formato del informe presidencial, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

El escenario político de la República y los resultados positivos que han arrojado las diversas reformas en materia electoral, han mantenido una tendencia, sin antecedente alguno, que va equilibrando paulatinamente a los Poderes de la Unión. La figura de Ejecutivo federal, el Presidente de la República, ya no es la figura central y omnipotente que conocimos en la etapa posrevolucionaria, sus poderes metaconstitucionales han ido mermando por la presión de su contrapeso: el Poder Legislativo.

El 1 de septiembre del presente año en Sesión de Congreso General, el Presidente de la República en cumplimiento al artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentó por escrito el cuarto informe del estado que guarda la administración pública federal, procediendo, en esta oportunidad, a pronunciar un mensaje a la nación entre apoyos y descalificaciones de los legisladores presentes, quedando de manifiesto que el formato para la presentación de este importante documento ha cumplido ya con su cometido histórico. Esta conclusión no sólo emana de los legisladores federales de todos los partidos, sino que también es sostenido por todos los actores políticos de la República, aunado a la opinión generalizada de la sociedad que reprueba los enfrentamientos estériles que desvirtúan la esencia de que los poderes de la Unión se constituyen para beneficio de la nación.

Ahora necesitamos concebir un método que, independientemente de las críticas producto de la diversidad ideológica representada en el Congreso, arroje resultados positivos para corregir los yerros e intensificar los aciertos. Finalmente, todos los que forman parte de los poderes Ejecutivo y Legislativo somos responsables de los resultados ante la ciudadanía. El escrutinio del pueblo para calificar a sus gobernantes y representantes populares es parte de un derecho inalienable fincado en la madurez de todo sistema democrático.

Por ello, es necesario convenir con las fuerzas políticas del Congreso de la Unión, un escenario propicio para la presentación del informe del Presidente de la República y un espacio para el debate y discusión de los resultados con los que da cuenta al Congreso de la Unión. El propósito es que de este ejercicio se obtengan resultados positivos que, no obstante las divergencias políticas, propongan alternativas para corregir errores y se obsequie el apoyo sostenido a los aciertos. Involucrar al Poder Legislativo en la concepción de las políticas públicas de mayor beneficio para México, es establecer un nuevo lazo basado en la responsabilidad compartida.

El debate y discusión del informe del Presidente de la República debe desarrollarse en un marco que permita el orden y señalamientos que tengan como divisa el factor cualitativo. No podemos concebir un formato que se caracterice por la esterilidad del debate y la observación individual y particularizada en temas intrascendentes; por el contrario, el análisis tiene que partir de las fracciones partidistas representadas en el Congreso de la Unión desde una visión amplia y generalizada de la que deriven opiniones y recomendaciones que establezcan rumbos claros para el desarrollo del país.

Este ejercicio sería prácticamente imposible de desarrollar en una o varias sesiones de Congreso General, y menos con la presencia del Presidente de la República, porque los ánimos partidistas rebasarían los cánones del orden, la seriedad y el respeto. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión es una representación digna del Congreso General en la que sus integrantes podrían desempeñar mejor el trabajo de debate y análisis del Informe conjuntamente con los principales representantes de las diversas áreas de la Administración Pública Federal.

Por lo anterior se sugiere considerar la reforma del artículo 69 y la adición de una fracción IX al artículo 78, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme al siguiente

Proyecto de Decreto

Se reforma el artículo 69 y se adiciona una fracción IX al artículo 78, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 69. A la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso podrá asistir el Presidente de la República, quien podrá hacer uso de la palabra para emitir un mensaje a la nación. En la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de las Cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente, informará acerca de los motivos o razones que originaron la convocatoria.

Artículo 78. Durante el receso del Congreso de la Unión...

La Comisión Permanente... I. a VIII. ...

IX. Recibir el informe del estado que guarda la administración pública federal que enviará por escrito el Presidente de la República el 15 de agosto de cada año. Una vez presentado el documento, el Presidente de la Comisión Permanente convocará a los Secretarios o Encargados de Despacho para llevar a cabo entre el 20 y 25 de agosto de ese mismo año, el debate del Estado mexicano, en el que se analizará y discutirá el informe presentado por el Ejecutivo. La Comisión Permanente aprobará, en su caso, las recomendaciones que devengan del análisis y discusión del informe para ser enviadas al Presidente de la República.

El debate del Estado mexicano, el análisis y la discusión del Informe presentado por el Ejecutivo, así como las recomendaciones emitidas por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se conducirán conforme a la ley reglamentaria correspondiente. Transitorio

Único. Las presentes reforma y adición entrarán en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dip. Enrique Escalante Arceo (rúbrica)

QUE REFORMA EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY AGRARIA, A CARGO DEL DIPUTADO MARGARITO FIERROS TANO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe diputado federal Margarito Fierros Tano, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en esta LIX Legislatura, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa que reforma el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Agraria, conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

El artículo 39 de la Ley Agraria establece que los integrantes de los Comisariados Ejidales y de los Consejos de Vigilancia durarán en sus funciones tres años. En adelante no podrán...

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