Iniciativa parlamentaria que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Educación, en materia de educación inicial., de 5 de Marzo de 2015

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Educación, a cargo de la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza

La que suscribe, Lucila Garfias Gutiérrez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión; con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo y la fracción V del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como diversas disposiciones de la Ley General de Educación en materia de educación inicial al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La atención a los niños desde edad temprana responde a la cada vez más amplia conciencia social sobre la importancia y trascendencia del desarrollo durante la primera infancia.

En el año 2000, la atención para el desarrollo infantil se incluyó en el programa de acción Arranque Parejo en la Vida como una acción específica de atención y prevención, aunque despareció como meta nacional después de 2007. También, en 2002 aparece el programa integral social Oportunidades que en 2014 cambió de nombre a Prospera, y que integra componentes de salud, nutrición y educación para atención a la primera infancia.

Asimismo, datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 (Ensanut), señalan que 69.53 por ciento de madres mexicanas con hijos de 0 a 4 años recibieron durante una o varias sesiones capacitación sobre estimulación temprana; muchos niños no son enviados a los centros de educación infantil; algunos consideran que los niños menores de 6 años son muy pequeños para asistir a estos centros, por lo que prefieren que se queden en casa; hay padres que no se informan debidamente acerca de las prácticas adecuadas de crianza y comenten errores que afectan el adecuado desarrollo de sus hijos en sus primeros años de vida y que repercuten a lo largo de su vida. Es por ello que existe un alto porcentaje de asistencia a la educación preescolar sólo en niños de 5 años, mientras que un alto porcentaje de menores de 0 a 4 años no recibe ninguna opción de educación inicial.

Por otro lado, el derecho a la educación es un derecho humano reconocido por la mayoría de las naciones para todas las personas, es un derecho fundamental y, como tal, es un elemento clave del desarrollo sostenible y de la estabilidad de cada país, por consiguiente, es un medio indispensable para participar en los sistemas sociales y económicos globales del siglo XXI.

El derecho a la educación está contenido en numerosos tratados internacionales de derechos humanos, pero su formulación más exacta se encuentra en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por México en 1981. Dicho pacto, en su artículo 13 establece que: “Los estados parte reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad [...]”

También, de conformidad con el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el estado, e incluso los particulares, imparten educación inicial, pero no bajo el esquema de obligatoriedad. En México, es obligatoria la educación básica que comprende la educación preescolar, primaria, secundaria y, desde 2012, la educación media superior.

Al concluir estos cuatro niveles se busca que el estudiante cuente con dos oportunidades, la primera es seguir estudiando a nivel superior, y la otra, es incorporarse al mundo productivo desarrollando todas sus capacidades y creatividad de manera plena.

Sin embargo, la estimulación oportuna es básica en el desarrollo de las niñas y los niños, pues los primeros años de vida son los de mayor trascendencia para el desarrollo del ser humano. La educación inicial tiene como objetivo desarrollar y potenciar funciones cerebrales del infante tanto en el plano intelectual como en el físico y afectivo, lo cual se consigue a través de juegos y ejercicios desde la etapa prenatal hasta que los niños ingresan a la educación preescolar.

La finalidad de la educación inicial no es formar niños superdotados, sino brindar a cada niña y niño la oportunidad de que tenga una estructura cerebral sana y fuerte, por medio de estímulos, utilizando al máximo sus potencialidades físicas e intelectuales.

En esta etapa se instauran las bases fundamentales de la personalidad, que en las sucesivas fases de la vida se consolidarán y perfeccionarán paulatinamente conforme el individuo crece y adquiere nuevos conocimientos. Por ello, las primeras experiencias son determinantes, pues contribuyen a formar la personalidad, sentar bases afectivas y cognitivas sólidas para que el ser humano pueda vincularse con el mundo, percibirlo, construirlo, comprenderlo y transformarlo.

Entonces, la educación inicial es un derecho de los niños y las niñas de 0 a 4 años de edad, es una oportunidad de los padres de familia para mejorar y, en el caso, enriquecer sus prácticas de crianza y lograr una formación de calidad de sus hijos apoyados en programas pedagógicos y personal docente especializado.

Por los motivos antes mencionados se debe incluir a la educación inicial dentro de la educación básica atendiendo de forma obligatoria y con una amplia cobertura las necesidades básicas de aprendizaje de niñas y niños durante su primera infancia. Los planes y programas de este nivel deben reconocer el principio de universalidad del derecho a la educación, que significa que la educación inicial se debe impartir a todas las personas de este grupo de edad combinando la estimulación oportuna de los infantes y la educación para los padres.

Argumentación

Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se consideran servicios de educación y cuidado a la infancia temprana, todos aquellos que atienden a niñas y niños entre los 0 y los 6 años de edad.

A nivel mundial, se entiende como educación inicial los programas que apoyan el crecimiento de los niños necesarios para su sobrevivencia, su desarrollo y aprendizaje, incluyendo la salud, el cuidado, la higiene y su desarrollo cognitivo, social, físico y emocional, desde el nacimiento hasta el ingreso a la educación básica, además de considerarse como derecho fundamental de todas las niñas y los niños.

Es por ello que la estimulación temprana tiene por objeto aprovechar la capacidad de aprendizaje y adaptabilidad del cerebro en beneficio del niño y de la niña; pues investigaciones realizadas en diferentes campos han demostrado que la atención integral desde el inicio de la vida trae consigo grandes beneficios en etapas posteriores.

Después de lo expuesto, se...

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