Iniciativa parlamentaria que expide la Ley General de Fiscalización y Rendición de Cuentas y abroga la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación vigente., de 1 de Marzo de 2016

Que expide la Ley General de Fiscalización y Rendición de Cuentas y abroga la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación vigente, a cargo del diputado Luis Gilberto Marrón Agustín, del Grupo Parlamentario del PAN

Luis Gilberto Marrón Agustín, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la nueva Ley General de Fiscalización y Rendición de Cuentas y se deroga la actual Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

Aunque la rendición de cuentas tiene la voluntad política como uno de sus principales elementos, es mediante el ordenamiento jurídico que se consigue que esta sea efectiva. Por lo tanto, el diseño jurídico que se hace de las instituciones públicas –organización, funciones y limitaciones– cobra una importancia mayúscula en el sistema de rendición de cuentas de cualquier Estado democrático que pretenda regirse bajo el imperio de la ley, es decir, un auténtico y eficaz estado de derecho.

En este contexto, la rendición de cuentas sobre la gestión pública y sus resultados es, tal vez, la columna vertebral de todo el funcionamiento de una sociedad organizada como Estado democrático, ya que implica una seguridad tanto para las instituciones como para los individuos y un bienestar social en general, además de las repercusiones económicas. El diseño jurídico de las instituciones encargadas del control y la vigilancia de los recursos públicos estatales, permite observar el grado de desarrollo de las democracias y la salvaguarda del estado de derecho.

A pesar de los esfuerzos realizados en las últimas décadas, en particular a partir del año 2000 que representó un parte aguas, pues, se creó La Ley de Fiscalización Superior de la Federación que fue aprobada el 20 de diciembre de 2000, y con ella se creó la Auditoría Superior de la Federación, dichos esfuerzos no han resultado suficientes.

Es por esto que en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción que la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 27 de mayo de 2015, prevé como uno de los cuatro principios de la gestión pública y sus correspondientes pilares institucionales, el principio de la fiscalización superior de la gestión y de los recursos públicos, a partir de las entidades de fiscalización superior de los órganos legislativos: la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados y las entidades de fiscalización superior de las Legislaturas de los Estados y de la hoy Ciudad de México.

Es importante señalar que la situación que presenta actualmente la fiscalización en nuestro país muestra graves faltas en su diseño institucional que permiten que la corrupción se haya establecido como un estilo de vida y por tanto una inadecuada recuperación de recursos y su consecuente desvío.

En el Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2014 (IRFSCP 2014) la Auditoría Superior de la Federación señaló que había realizado un total de mil 659 auditorías, lo cual representó un récord en el histórico e incluso en relación con la revisión de la Cuenta Pública del año anterior (mil 413 auditorías en 2013). Número de Auditorías Cuentas Públicas de 1999 a 2014

Asimismo, para 2013, la Auditoría Superior de la Federación informó haber realizado 10 mil 875 acciones de auditoría derivadas del análisis de esta Cuenta Pública, 65 acciones menos que el año anterior. Demostrando así que aunque las entidades puedan presentar una disminución en sus observaciones, los índices de corrupción han mantenido a México en el mismo lugar y de ninguna manera han disminuido.

Durante casi quince años de existencia, la Auditoría Superior de la Federación ha presentado un total de 582 denuncias de hechos, de las cuales sólo han sido consignadas 21 de ellas, es decir, sólo ha tenido una procedencia del 3.60 por ciento de las denuncias que ha promovido. Un total de 12 se resolvieron con “el no ejercicio de la acción penal” y las 548 restantes (94.3 por ciento) se encuentran en averiguación previa o causa penal por parte de las instancias correspondientes.

Este último cuadro muestra a su vez el número de Promociones de Responsabilidades Administrativas Sancionatorias (PRAS), las que en su mayoría no cuentan con resolución de la instancia de control competente.

Lo anterior es una muestra por demás reprobable respecto la actuación de las autoridades competentes en el combate a los actos de corrupción que no podemos seguir permitiendo.

El Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos, cuya conformación constitucional busca precisamente terminar de una vez con estos números, coordinando en el caso los esfuerzos de la Auditoría Superior, la Procuraduría General de la República y el Poder Judicial, a fin de identificar las áreas o unidades de dichas las instituciones que deben ser reforzadas y la definición y diseño de las mejores prácticas y políticas y poder abatir de una vez por todas la ineficiencia antes demostrada. “Una evaluación del gasto público en México” estudio elaborado por la organización México Evalúa, señala las principales limitaciones del informe de la revisión de la cuenta pública llevada a cabo por la Auditoría Superior de la Federación: un auditor con mínimas facultades para imponer sanciones; las sanciones impuestas por la Auditoría Superior de la Federación no se equiparan con la gravedad de las irregularidades detectadas y las sugeridas por la Auditori?a Superior de la Federacio?n tienen rezagos de hasta 5 años en su aplicación por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Ministerio Público.”

México es el país más corrupto entre los 34 miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, OCDE, y ocupa el lugar 95 de 168 países de acuerdo con el Índice de Percepciones sobre Corrupción 2015 el cual fue publicado días pasados por Transparencia Internacional.

En dicho índice, México obtuvo un puntaje de 35 en una escala de 0 a 100, donde cero significa “altamente corrupto” y cien “muy limpio”. La calificación obtenida el año pasado vuelve a México el país más corrupto entre los miembros de la OCDE y el que más se le acerca es Turquía, en la posición 66 con un puntaje de 42.

En materia de corrupción, México se encuentra por debajo de países como Mali, Surinam, Perú, China y Brasil, de acuerdo con el conteo de Transparencia Internacional y mantuvo el mismo puntaje de 2014, sólo un punto por encima de lo obtenido en 2013 y 2012.

Sin embargo, y como bien lo han demostrado organizaciones como Transparencia Mexicana, el nivel de transparencia poco o nada se relaciona con el combate a la corrupción, pues de acuerdo a la métrica empleada por esta organización y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), en nuestro país ya se alcanzó la relación opuesta perfecta: el estado más corrupto es el más transparente y viceversa.

En este sentido, se puede afirmar que conforme a su esquema actual de atribuciones, la labor que ha realizado la Auditoría Superior de la Federación durante los últimos quince años no ha sido un factor decisivo en el combate a la corrupción. Por lo anterior, se hace necesario redefinir la actuación no sólo de la Auditoría sino de todos los actores involucrados en la fiscalización superior: el Poder Legislativo, la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, CVASF, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, CPCP, la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia (UEC), las entidades fiscalizadas, estados, municipios, universidades e instituciones de educación superior, entre otras.

Especialistas calculan que el derroche por corrupción en nuestro país podría estar entre el 2 y hasta 10 por ciento del producto interno bruto, esto podría oscilar entre los 300 y los mil 500 billones de pesos anualmente, varias veces el presupuesto de diversas dependencias federales como la Secretaría de Educación Pública o de la Universidad Nacional Autónoma de México. La Auditoría Superior de la Federación reporta recuperaciones obtenidas de casi 97 mil millones de pesos en 13 años, reportando una baja en la recuperación de más del cincuenta por ciento en el último año (2013).

Toda la información que se precisa con anterioridad permite llegar a las siguientes conclusiones: 1. La Auditoría Superior de la Federación ha realizado diversas acciones tendientes a identificar el uso indebido de los recursos públicos, los que no resultan suficientes derivado del grado de corrupción inmerso en nuestro país. 2. No obstante el gran número de auditorías, pliegos de observaciones, consignaciones, promociones de responsabilidad administrativa reportadas por la ASF, la corrupción en México no ha disminuido, incluso se ha incrementado. 3. De los datos más graves se puede observar por ejemplo el número de denuncias penales interpuestas, de las cuales han sido consignadas sólo menos de 4 por ciento. En el mismo sentido, más de 60 por ciento de las promociones de responsabilidad administrativa siguen pendientes de resolución por los órganos internos de control.

Así, es necesario dotar a la brevedad a la ASF de las nuevas atribuciones de fiscalización e investigación tendientes a lograr mayores y mejores esquemas en la rendición de cuentas sobre el uso y destino eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, como consecuencia...

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