Iniciativa parlamentaria que expide la Ley para la Prevención de Actividades Ilícitas a través de Servicios Móviles de Telecomunicaciones., de 2 de Diciembre de 2008

QUE EXPIDE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN DE ACTIVIDADES ILÍCITAS A TRAVÉS DE SERVICIOS MÓVILES DE TELECOMUNICACIONES, A CARGO DEL DIPUTADO CÉSAR DUARTE JÁQUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal César Duarte Jáquez, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La telefonía celular ha permitido tener una sociedad cada vez mejor comunicada, transformando la vida cotidiana de las personas, así como la actividad económica en el mundo. La demanda de estas tecnologías ha cambiado el quehacer cotidiano de las sociedades, permitiendo comunicar a personas en lugares y a distancias nunca antes imaginadas, activando así, la agenda política, social y económica de la humanidad.

México no es la excepción, en los últimos años hemos experimentado una revolución comunicativa que ha influido económicamente a un mercado que engloba a las empresas concesionarias y distribuidoras; empleados y sobre todo usuarios, los cuales generan una economía que consolida a la industria de la telefonía móvil como una de las más sólidas.

Para refrendar este criterio solo hace falta revisar los siguientes datos. En 1996 existían en nuestro país cerca de 1 millón de líneas móviles y para el año 2000 esta cifra aumentaba a los 14 millones de aparatos; hoy, de acuerdo a estudios recientes, la cifra se aproxima a los 62 millones de teléfonos celulares, siendo el medio de comunicación más utilizado en todo el país.

En los últimos años, las bondades de la telefonía celular se han pervertido en mala fe, llegando a ocupar un lugar preponderante como herramienta para la consumación de actos delictivos. Es común escuchar que secuestradores, asaltantes, extorsionadores y narcotraficantes hagan uso de los servicios de la telefonía celular por la facilidad de movilidad y sustitución que se ofrece en el mercado; de cambio de servicio –prepago y renta– o de número, así como de las ventajas que representa el anonimato que da el simple hecho de cambiar un chip.

En este orden de ideas, cabe resaltar que estudios recientes realizados por el Consejo para la Ley y los Derechos Humanos, AC, muestran que en México se cometen diariamente alrededor de 760 ilícitos utilizando este medio de comunicación como medio directo para su comisión.

La extorsión, las amenazas y el hostigamiento vía telefónica, las comunicaciones de "negociación" con secuestradores y familiares de sus victimas, la realización de actividades ilegales, el espionaje y las llamadas que conllevan a fraudes cibernéticos o electrónicos, son algunas actividades delictivas que se realizan por medio del teléfono celular, adicionalmente, se debe agregar el robo de equipos y tarjetas de prepago. El mismo estudio muestra que se han detectado cerca de 240 grupos criminales dedicados a la extorsión vía telefónica, y en muchas ocasiones operando con teléfonos celulares desde las mismas prisiones.

En las actuales circunstancias que vive el país, es necesario establecer las disposiciones legales que nos permitan regular el uso adecuado de la telefonía celular, aplicando nuevas reglas, medidas y procedimientos para que los operadores móviles estén obligados a perfeccionar el servicio que ofrecen, para colaborar con las autoridades competentes en la prevención y persecución de actos u operaciones ilícitas realizadas a través de los equipos de telecomunicación.

Precisamente uno de los objetivos principales de esta iniciativa es establecer como requisito que los concesionarios u operadores móviles tengan la obligación de mantener un registro completo de los teléfonos celulares que comercializan.

En este sentido, el artículo 3 de la iniciativa propone que cada operador móvil deberá crear, mantener y actualizar una base de datos de las comunicaciones que se originen, cursen y terminen empleando su red pública de telecomunicaciones, que permitan identificar con precisión diversos...

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