Iniciativa parlamentaria que expide la Ley General de Derechos e Identidad de los Pueblos Indígenas., de 15 de Diciembre de 2014

Que expide la Ley General de Derechos e Identidad de los Pueblos Indígenas, a cargo de la diputada Roxana Luna Porquillo, del Grupo Parlamentario del PRD

La suscrita, diputada Roxana Luna Porquillo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que crea la Ley General de Derechos e Identidad de los Pueblos Indígenas. Exposición de Motivos

El 29 de junio de 2006, fue emitida y adoptada la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, durante la primera sesión del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

En la 107 sesión plenaria del 13 de septiembre de 2007, la Asamblea General aprobó la declaración antes mencionada, la cual abre un nuevo horizonte en el reconocimiento, ejercicio y justiciabilidad; de los derechos de los pueblos indígenas del mundo. Este documento incorpora temas cruciales: la libre determinación, el derecho sobre sus territorios, los recursos que se encuentran en ellas; los derechos de terceros, así como el principio de consentimiento libre, previo e informado.

La Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas implica un trascendental compromiso ético y motiva a los Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas, para llevar a cabo transformaciones estructurales en sus ordenamientos jurídicos e instituciones para que éstos sean congruentes con esta declaración.

Ningún Estado que se identifique como un estado de derecho, democrático, respetuoso de las libertad y dignidad de los seres humanos, puede dejar de reconocer que éstos son o somos –para hablar con mayor precisión– titulares de derechos inalienables, inherentes a nuestra condición humana y que uno de estos derechos inherentes a los hombres y mujeres es el de la igualdad. Igualdad al margen de cualquier circunstancia, condición o característica de naturaleza física, ideológica, religiosa o política.

Para avanzar en la construcción y el complicado diseño de un estado de derecho en el cual todas las personas accedan, gocen y ejerciten cotidiana e integralmente, el conjunto de derechos humanos de naturaleza civil, política, económica, social, cultural y ambientales; que en nuestro beneficio se han instituido como derechos fundamentales, a través de su incorporación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta LXII Legislatura tiene el imperativo ético y el deber de crear el conjunto de normas tendientes a reconocer y garantizar la los pueblos indígenas asentados en el territorio nacional el ejercicio de los derechos específicos que permitan a estos pueblos, originarios de nuestra nación, por una parte acceder plenamente y en igualdad de condiciones a los beneficios del desarrollo humano, resultante del conocimiento científico y tecnológico y por el otro a preservar, conservar y mantener vivas y actuantes sus lenguas, costumbres, cosmovisión, sistemas de convivencia, producción y trabajo, así como sus sistemas normativos en tanto éstos últimos sean acordes y no se contrapongan a los derechos humanos tutelados por el sistema jurídico nacional e internacional.

Las condiciones de vida en las cuales se encuentran los pueblos indígenas en México, están muy lejos de ser las adecuadas para vivir con dignidad. Lo cierto es que en México, todos los niveles de gobierno; el Federal, el Estatal y los Municipales, han sido omisos, indiferentes o ineficientes, a lo largo de cientos de años, en el cumplimiento de su obligación consistente en generar desarrollo económico para con ello proveer al verdadero desarrollo humano en las regiones, poblaciones y comunidades en las cuales se asienta la mayoría de los pueblos indígenas.

Lo anterior ha sido posible por la contradictoria situación –por llamarla de alguna manera- que existe en amplios sectores de la sociedad mexicana hacia la población indígena y que es la de mantenerse anclados en concepciones y prejuicios racistas, hasta cierto punto xenófobos, de los que casi nunca se habla o bien de los que no se expresan verbal y abiertamente; pero si se practican y recrean en múltiples e innumerables conductas y actitudes de discriminación, de rechazo, de falsa conmiseración y de ausencia total de humanismo y respeto a la dignidad de las mujeres y hombres indígenas.

Desde tiempos muy remotos y en muchos círculos sociales de México, la palabra indio se usó y algunas personas la siguen usando como insulto, como sinónimo de “atrasado” e “ignorante”; lo que constituye un acto de desprecio y discriminación, independientemente de que visto de otro ángulo, también pone en evidencia la ignorancia y la falta de calidad humana de quien utiliza este vocablo en forma despectiva.

Son muchas las fuentes de discriminación que existen en nuestro país para con los indígenas: se les trata mal y se les considera inferiores porque hablan una lengua diferente o porque se visten de manera distinta a la gran mayoría de población mestiza, o sólo por sus rasgos físicos, color de piel, estatura, costumbres.

Es cierto que los propios pueblos indígenas, están logrando, desde hace algunas décadas, que este estado de cosas cambie, lenta, paulatina y consistentemente la conducta tanto de la sociedad mexicana, como la de los gobiernos; ha cambiado y debe seguir cambiando hasta lograr la plena igualdad y el respeto irrestricto a los derechos humanos de la población indígena, ese es el objetivo de la antes referida Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas y ese es el objetivo de la iniciativa de Ley de Derechos e Identidad de los pueblos Indígenas que someto a la consideración de esta legislatura.

Asimismo reconocer que la nación mexicana tiene una inmensa deuda social que data de cientos de años con los pueblos indígenas, es el primer acto de justicia al cual esta Soberanía está obligada. Porque fueron los pueblos indígenas los protagonistas anónimos y mayoritarios de nuestra Guerra de Independencia en 1810, porque lo fueron también del proceso revolucionario que habiéndose iniciado en 1910 bajo el lema de “Sufragio efectivo. No reelección.” fue el movimiento social del cual surgió la Constitución de 1917 que nos rige y que fue pionera en el reconocimiento e incorporación a máximo ordenamiento jurídico de nuestra nación, de derechos económicos y sociales a favor de los grupos humanos mayoritarios.

Por lo anterior es preciso que las comunidades indígenas de nuestro país, sean reconocidas y respetadas plenamente, dándoles su lugar y la participación que les corresponde en la estructura y en el funcionamiento de la sociedad; para ello, es necesario reconocer sus derechos, cultura e identidad a fin de que prevalezca la igualdad esencial de todos los seres humanos que garantiza nuestra Constitución Federal.

De acuerdo a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, CDI, se calcula que el 11 por ciento de la población mexicana son personas identificadas como indígenas hablantes de sus...

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