Iniciativa parlamentaria que expide la Ley de Conservación y Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Fitogénicos para la Alimentación y la Agricultura., de 13 de Diciembre de 2007

QUE EXPIDE LA LEY DE CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS FITOGÉNICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA, A CARGO DEL DIPUTADO HÉCTOR PADILLA GUTIÉRREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal Héctor Padilla Gutiérrez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la de la LX legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Conservación y Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, la cual se fundamenta y motiva bajo la siguiente

Exposición de Motivos

La nación mexicana es centro de origen, domesticación y diversificación de una gran variedad de plantas. Nuestro país es el depositario de numerosas especies silvestres y razas nativas comestibles, ornamentales, medicinales, forestales, etcétera, que son, primero, valiosos reservorios de genes útiles e indispensables para la conservación y evolución de las especies; segundo, una fuente directa e indirecta para la reproducción material y espiritual de los pueblos que lo habitan; y tercero, fundamento para ser usados como fuente de explotación comercial; razones suficientes todas por las que es de profundo interés social el que los representantes de la nación tengamos a bien discutir y aprobar una ley que norme el acceso, uso, conservación y aprovechamiento racional de los recursos fitogenéticos que alberga la diversidad biológica existente en nuestro territorio.

El presente proyecto de ley es de carácter urgente y socialmente necesaria para el país, porque trata de regular las acciones humanas que ponen en riesgo la existencia de esa riqueza natural, sobre la que se soporta la existencia presente y futura de millones de seres humanos, porque recoge la preocupación de la sociedad rural, la comunidad científica y el interés de la nación ante la erosión genética, directa e indirecta, provocada por la irracional actividad económica del mercado que propicia la apropiación con fines de lucro de la riqueza propiedad de la nación.

Y que paso a paso destruye la biodiversidad, impactando además en el cambio de los parámetros climáticos; porque las implicaciones económicas, ambientales, sociales y jurídicas que conlleva su protección legal pone en el centro la previsión sobre la comercialización de estos recursos, así como la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su uso, aprovechamiento, transformación y comercialización.

México es centro de origen de numerosas especies que han mostrado ser útiles e indispensables para la vida humana. La existencia e interacción de numerosos climas construyen variados paisajes, creando la diversidad de flora, fauna y recursos naturales nativos que se enriquecen con el trabajo de grupos humanos cuya presencia data desde hace más de 30 mil años, lo que ha favorecido su evolución, el endemismo y su domesticación, particularmente, de diversas especies vegetales útiles.

Sobre esta diversidad florística nativa florecieron las culturas prehispánicas, quienes, a la llegada de los españoles en el siglo XV, ya cultivaban y utilizaban un gran número de especies como maíz, frijol, chile, calabaza, amaranto y cacao, por sólo mencionar algunas de las domesticadas.

La necesidad de prever jurídicamente las situaciones relacionadas con el aprovechamiento del germoplasma es imperativa, si se toma en cuenta que México es uno de los 17 países reconocidos como megadiversos que alberga, según información provista por la Conabio, cerca de 65 mil especies de fauna, flora y hongos, lo cual lo ubica en el cuarto lugar a nivel mundial, y que tan sólo en el caso particular de las especies de plantas superiores, en su territorio se localiza el 10 por ciento de las del planeta, esto es que México cuenta con 26 mil especies de plantas vasculares y más del 40 por ciento son exclusivas del territorio nacional.

Esta riqueza biológica de México, ampliamente reconocida a nivel mundial, sobre todo tratándose de recursos fitogenéticos como el maíz, frijol, calabaza, chile, papaya, algodón y vainilla, entre otros, ha contribuido de manera sobresaliente a la alimentación y el desarrollo de la humanidad; pero sobre todo, nuestros antepasados jugaron un papel relevante para el mejoramiento empírico no sólo de esas especies nativas sino, además, de las introducidas como resultado del intenso intercambio comercial interregional que se enriqueció con los aportes que hizo principalmente España, acrecentando significativamente la riqueza de su patrimonio genético como nación.

A la fecha, las especies autóctonas de interés antropocéntrico, registradas en la estadística agrícola nacional, son 50; de éstas, 24 corresponden a cultivos anuales y 26 a plantas perennes.

El maíz y el frijol, las dos especies autóctonas de mayor importancia económica y social, tienen a México como su centro de origen, considerándoseles como dos de las grandes aportaciones mesoamericanas a la agricultura y alimentación mundial. Otros cultivos anuales con una aportación significativa al valor de la cosecha nacional son el chile, la calabacita y el algodón hueso. Entre las especies de menor significado económico pero de gran valor en la alimentación nacional, se encuentran el amaranto, la chía, el chilacayote, el epazote, el guaje, el huahuzontle, el pápalo, el quelite, el romerito y la verdolaga.

Por lo que concierne a las especies nativas perennes cultivadas, destacan en este grupo el aguacate Hass. Otras no menos importantes, desde el punto de vista alimentario, son el achiote, la anona, el arrayán, la tuna, la vainilla beneficiada, el tejocote, el nanche, la pitaya, el chicozapote, el mamey, la chirimoya y la guanábana. Entre otros cultivos con poca superficie y alto valor de la cosecha, se encuentran el agave mezcalero, el chayote, el nopal y la papaya, que son de alta productividad y muestran una tendencia de mayor demanda nacional y mundial, por lo que se espera un crecimiento de las áreas sembradas y de las cosechas producidas.

Estos grupos, definidos por su temporalidad, siendo de por sí amplios, no incluyen a numerosas especies cuyo valor de uso para las comunidades rurales, acrecienta significativamente esta riqueza.

Por otra parte, algunas de las especies introducidas ya hace 500 años han desarrollado numerosos ecotipos locales con adaptación propia, a través de un proceso de selección o mejoramiento empírico. Se puede aseverar que algunas de ellas han generado un centro secundario de diversidad, como son el mango, la guayaba, el limón, el durazno, el sorgo, el arroz, el trigo, la cebolla y la guayaba, recursos que desde el punto de vista fitogenético deben ser mayormente atendidos.

Hemos de señalar, además, que de 229 especies cultivadas en México, 179 de ellas corresponden a especies introducidas (108 anuales y 71 perennes) siendo el sorgo la más importante del grupo. En segundo lugar se ubican la papa y el jitomate. Es importante anotar que, no obstante el origen andino del jitomate, su domesticación se llevó a cabo en la región de lo que hoy es México. En el grupo de cultivos perennes, destaca por encima de todos la caña de azúcar.

Estos recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, como lo demuestran los investigadores nacionales, son un recurso estratégico para el desarrollo nacional, con valor propio e independiente del lugar donde se encuentren, sea en su hábitat natural (in situ), en bancos de germoplasma, herbarios, jardines botánicos, colecciones y otros similares (ex situ), en función de las propiedades e información genética que contienen y que son fuente de mejoramiento y producción de nuevas variedades de plantas para alimento de la población y desarrollo de procesos y productos agroindustriales de importancia económica para el país y el mundo.

El análisis sobre el valor de uso de los recursos fitogenéticos nos arroja dos verdades incontrovertibles; una, de orden genérico, que muestra a la variabilidad de éstos, vista territorialmente como un recurso finito y que, para los pueblos campesinos e indigenas representa un valor económico enlazado indisolublemente con su cultura; la otra, que los núcleos humanos, organizados políticamente en Estados-nación, son fuertemente interdependientes, tanto para la producción de alimentos y otros bienes de origen vegetal como en su uso y aprovechamiento comercial, demandándose por ello el establecimiento de un ordenamiento jurídico de jerarquía constitucional reglamentaria que regule estos procesos para que se lleven a cabo de manera racional, convenida y retribuida, y para que los intercambios de materiales entre poseedores y usuarios sean recíprocos.

Al respecto, el orden jurídico internacional en la materia, regido y administrado por los países capitalistas desarrollados, bajo la directriz impuesta por el inmenso poder económico de las empresas biotecnológicas monopólicas fusionadas con el creciente poder político de los Estados-nación, ya han definido cuál, porqué, cómo y para qué debe resguardarse el germoplasma vegetal. Han creado para ello el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC); el Convenio de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV); y el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (TRFAA).

México, igual que otros países megadiversos y miembros de esos pactos, dada su relación económica y tecnológica desventajosa con los países desarrollados ha venido ajustando su marco jurídico nacional, en esta y otras materias, a las definiciones impuestas por los intereses del mercado mundial cuyo fin...

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