Iniciativa parlamentaria que adiciona un párrafo décimo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer que la edad mínima para contraer matrimonio es de dieciocho años., de 26 de Julio de 2017

Que adiciona un párrafo décimo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Francisco Martínez Neri, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 26 de julio de 2017

El que suscribe, diputado Francisco Martínez Neri, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo décimo al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con el siguiente

Planteamiento del problema

La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, emitida en 2014, en su artículo primero, recalca la obligatoriedad de su observancia general en el territorio nacional; así como, en la fracción II del mismo, señala como uno de sus objetivos: “Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes conforme a lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte”.

El número de entidades federativas que, mediante sus Códigos Civiles, Códigos Familiares, entre otros ordenamientos locales, permite que menores de edad puedan contraer matrimonio con una persona adulta o con otro menor de edad, en la mayoría de los casos contra su voluntad y poniendo como único requisito contar con el permiso de sus padres, es todavía grande.

Según UNICEF México, 1 en su Informe Anual de 2016, los tres estados de la República Mexicana con mayor porcentaje de matrimonios infantiles en México son Chiapas (44.82 por ciento), Guerrero (42.41 por ciento) y Oaxaca (39.17 por ciento). Sin embargo, entidades como Baja California, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Sonora y Tabasco son importantes exponentes de este fenómeno.

Dichas instituciones señalan también que 23.6 por ciento de las mujeres en México se han casado o viven en unión conyugal antes de cumplir los 18 años de edad, y que aproximadamente 15 por ciento de las mujeres jóvenes entre 15 y 19 años están casadas actualmente. Es claro que las causas del matrimonio infantil son varias, no obstante, las niñas y adolescentes en zonas de alta marginación son las que más resienten sus efectos.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR