Iniciativa parlamentaria que adiciona un párrafo al artículo 97 de la Ley Agraria., de 23 de Enero de 2008

QUE ADICIONA UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 97 DE LA LEY AGRARIA, A CARGO DE LA DIPUTADA LIZBETH EVELIA MEDINA RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La que suscribe, Lizbeth Evelia Medina Rodríguez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y conforme lo establecen los artículos 55, fracción II, 56, 62 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por la cual se adiciona un párrafo al artículo 97 de la Ley Agraria, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El campo mexicano debería ser aprovechado en sus recursos económicos, humanos e institucionales para poder impulsar la producción, ya sea de autoconsumo o de excedentes. Por ello resulta necesario que el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (Fifonafe) se erija en una institución que apuntale al desarrollo agrario.

Actualmente, conforme lo disponen los artículos 94 y 97 de la Ley Agraria, el Fifonafe solamente tiene encomendadas dos funciones: servir de conducto preferente para el pago de indemnizaciones derivadas de las expropiaciones de tierras ejidales y comunales, y como titular de la acción de reversión de tierras expropiadas, calidad esta última acotada por diversas disposiciones reglamentarias y criterios jurisprudenciales.

El desarrollo de la primera función mencionada ha traído un nivel creciente de certidumbre en el pago de las indemnizaciones, pues ha garantizado que éstas sean entregadas a los legítimos titulares del derecho evitando problemas institucionales severos. Asimismo, coadyuva en la formulación de requerimientos de pago indemnizatorio.

Por otra parte, la acción de reversión de tierras, que se promueve ante los tribunales agrarios, ha servido parcialmente como acicate para que las promoventes de expropiaciones no dejen ociosas las tierras y las destinen precisamente a la causa de utilidad pública para la cual fueron dispuestas.

El Fifoanfe nació en 1959, mediante su señalamiento en el Reglamento para la Planeación, Control y Vigilancia de las Inversiones de los Fondos Comunes Ejidales, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de abril de 1959 (con...

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