Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de participacion ciudadana., de 26 de Abril de 2023

Que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, suscrita por la diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PANLa que suscribe, diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 y el inciso h del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 6, numeral 1; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de participación ciudadana conforme a la siguiente Exposición de MotivosI. Planteamiento del problema a resolver con la propuestaLas acciones en favor de la prevención y el control de los desequilibrios ecológicos y el deterioro del medio ambiente son indispensables para preservar los recursos naturales de cualquier país, la capacidad para mantener su estructura, riqueza y abundancia, así como el entorno en donde conviven los seres vivos, esto se debe a que condiciona sus circunstancias de vida, en un sistema formado por elementos naturales y artificiales, que están interrelacionados y que pueden llegar a ser modificados por la acción humana.Así pues, si se trata de conservar y preservar de la mejor manera posible el entorno que condiciona la forma de vida de la sociedad, los diseñadores de la legislación y de las políticas públicas, debemos estar atentos hacia el aseguramiento de que la población cuente con un marco jurídico adecuado en la materia; por lo que se vislumbra la urgencia de actualizar los instrumentos existentes, así como la generación de aquellas normativas que deban crearse de manera complementaria para su correcta aplicación, estableciendo paralelamente los mecanismos y procedimientos administrativos indispensables, para asegurar la debida observancia de dichas disposiciones.Bajo las anteriores circunstancias, sobresale el hecho de que la única forma de tener éxito en actualizar, innovar, así como en diversificar los distintos procedimientos y herramientas que con este objetivo se emprendan, es el de darle el soporte necesario para que el esfuerzo se lleve a cabo, pero con la plena participación de la ciudadanía, que de forma activa y decidida puede llegar a emprender –no solamente acciones de vigilancia para que no exista duda en cuanto al manejo honesto de los bienes y recursos– sino que también para que se lleven a cabo acciones concretas y eficientemente orientadas hacia el incentivo de trabajo colaborativo en redes horizontales, mismas que pueden llegar a resultar de suma utilidad para el intercambio de propuestas, experiencias y el aprendizaje mutuo, que conduzcan invariablemente a elaborar compromisos con la sociedad civil. 1En este tenor, cabe resaltar que consolidar o restaurar la confianza de la ciudadanía en sus autoridades y gobiernos no es una tarea fácil, porque se requiere de una constante actualización de los procesos, así como una ardua y participativa labor en la planeación, organización, integración y control de las legislaciones y las políticas públicas, todo esto para lograr un crecimiento inclusivo que a todos convenga. 2Se trata pues, de que todos los sectores, incluyendo el privado, el social, el académico, así como las autoridades de los tres niveles de gobierno, colaboren en un marco de corresponsabilidades, expuestas permanentemente al escrutinio público, para que se conduzcan de forma ideal y atendiendo los objetivos que les dieron vigencia.Bajo esta tónica, sobresale que la preocupación por el manejo sustentable del ambiente, hace imperiosa la necesidad de estructurar una excelente política ambiental, que forme e informe acerca de esta problemática. Así pues, se constituye un proceso integral, que juega un papel muy importante en todo el entramado del aprendizaje, 3 enfocado por supuesto a lograr que en la posteridad se llegue a lograr una mejor participación ciudadana, bien orientada, exitosa y decidida.Y para lograr lo anterior, la presente iniciativa pretende reforzar la participación ciudadana en la política de gobierno para la conservación y del equilibrio ecológico en nuestro país, a través de diversas acciones como un nivel de promoción y participación activa y permanente de los distintos grupos sociales, con el fin de contribuir a la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente; también que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), promueva mediante una amplia convocatoria una eficiente participación, respecto del ordenamiento ecológico general del territorio y que sus comités brinden la asesoría necesaria y participen en aspectos de vigilancia de los procesos y procedimientos; que para la elaboración de los programas de ordenamiento ecológico local se establezcan los mecanismos, así como que las leyes locales en la materia establezcan las formas y los procedimientos para facilitar que los particulares participen.Por otro lado, se precisa que en el establecimiento, administración y manejo de las áreas naturales protegidas, la Secretaría promueva la participación activa, uniforme y equilibrada de sus habitantes; que se cuente con el análisis, participación y propuestas de los propios habitantes, propietarios y poseedores de los predios incluidos en el área natural protegida, para que la Secretaría pueda formular el programa respectivo; que se determinen las corresponsabilidades y los lineamientos para la elaboración y ejecución del programa de restauración ecológica correspondiente.Paralelamente, que se fomente el debido y respetuoso debate de alternativas de forma activa y organizada; que el Gobierno federal promueva procesos abiertos de participación corresponsable; que se promuevan los incentivos necesarios en la convocatoria que para tal efecto se expida, en el ámbito del Sistema Nacional de Planeación Democrática para que en todo momento se privilegie el aprendizaje y el desarrollo del conocimiento, así como la habilidad para solucionar problemas, en un entorno de reconocimiento de los principales valores ecológicos y ambientales y finalmente para lograr una mayor fundamentación de las causas de aceptación o rechazo de las opiniones, asumiendo un enfoque interdisciplinario para el tratamiento de los temas abordados.II. Principales antecedentes y marco jurídicoA continuación, se detallarán algunos antecedentes destacados en el tema del medio ambiente, para mayor comprensión del presente ocurso.Sobresale el hecho de que en el año de 1972 se realizó la primera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano –más conocida entre en el gremio, como la Conferencia de Estocolmo– en la que se discutieron temas sobre la contaminación química, las pruebas de bombas atómicas y la caza de ballenas. Como resultado de ese encuentro, los líderes mundiales acordaron reunirse cada 10 años, para dar seguimiento a la situación del medio ambiente y analizar el impacto del desarrollo económico e industrial. 4Por otro lado, y ya para el año de 1980, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) en una magna conferencia sobre educación ambiental, planteó los objetivos de la educación en este importante rubro, en los términos que a continuación se detallan: a. Comprender la naturaleza compleja del ambiente, resultante de la interacción de sus aspectos biológicos, físicos, sociales y culturales. b. Percibir la importancia del ambiente en las actividades de desarrollo económico, social y cultural. c. Mostrar las interdependencias económicas, políticas y ecológicas del mundo moderno en el que las decisiones y los comportamientos de todos los países pueden tener consecuencias de alcance internacional. d. Comprender la relación entre los factores físicos, biológicos y socioeconómicos del ambiente, así como su evolución y su modificación en el tiempo. 5Marco jurídicoPor lo que hace a la legislación existente en nuestro país, nos encontramos en primera instancia con la norma establecida en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que establece con puntualidad, que toda persona gozara? de los derechos humanos reconocidos en la propia Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte, así como de las garantías para su respectiva protección, por lo que aquí estarían integrados todos los tratados y convenios internacionales en los que México participa.Por lo que se refiere al artículo cuarto constitucional, se determina con claridad que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano, para su desarrollo y bienestar y que el Estado garantizará el respeto a ese derecho. También se señala que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto en la ley correspondiente. Dicha disposición quedó integrada a la Carta Magna formalmente, a partir del 8 de febrero de 2012.En materia de leyes federales y generales en el acervo legal mexicano, se encuentra un buen número de ellas, éstas se corresponden con diversas temáticas de interés en materia ambiental, sin embargo y a pesar de que ha habido un buen avance en este rubro, el reto de actualización es importante, por lo que sigue siendo una deuda impostergable continuar con el esfuerzo realizado hasta la fecha.Complementariamente, se han expedido reglamentos para esas leyes, así como acuerdos, decretos y apartados temáticos en constituciones estatales, legislaciones de carácter estatal en la materia, así como bandos de carácter municipal. También se han plasmado varias especificaciones en las normas oficiales mexicanas (NOM) de carácter obligatorio, elaboradas por dependencias del Gobierno federal y las normas...

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