Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, para sancionar a quien presente denuncia o querella con la finalidad de obtener un lucro indebido a sabiendas de su falsedad., de 13 de Julio de 2022

Que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, recibida de la diputada Fabiola Rafael Dircio, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 13 de julio de 2022Quien suscribe, Fabiola Rafael Dircio, diputada de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente Exposición de MotivosAntecedentes“El derecho penal es rama del derecho público, ya que son públicos los intereses tutelados y es pública la sanción, los daños que se originan por la comisión de un delito no sólo afectan al individuo en particular sino a toda la sociedad.1En un trabajo sobre la evolución de la Legislación penal mexicana, el doctor Ricardo Franco Guzmán escribió:Las leyes penales de los pueblos indígenas (aztecas, mayas, etcétera) no influyeron en lo absoluto en las disposiciones de la época colonial y del México Independiente. Durante el virreinato, rigieron las leyes penales de la Metrópoli, aun cuando se dictaron también ordenamientos propios para la Nueva España. El 15 de septiembre de 1810 estalla el Movimiento de Independencia que se consuma en 1821. A partir de entonces, como es lógico, la principal preocupación de los legisladores, consistió en elaborar las bases constitucionales, para estructurar el Estado adecuadamente.2Por lo que a la par de la estructuración de un Estado consolidado o en vías de consolidación, los instrumentos normativos (Constitución, leyes, códigos, etcétera) han avanzado con éste, teniendo una doble función como texto normativo de las reglas de convivencia e historia viva y cambiante que refleja la evolución de la ciudadanía.El primer Código Penal, que tuvo el México Independiente fue el de 1871. “El Código en su totalidad se le presentó a Juárez el 15 de marzo de 1871, teniendo Juárez la satisfacción de promulgarlo, unos cuantos meses antes de morir, el 7 de diciembre del mismo año. El Código entró en vigor el primero de abril de 1872. El Código Penal de...

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