Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, para recuperar la Productora Nacional de Semillas., de 11 de Febrero de 2020

Que adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, a cargo del diputado Jesús Fernando García Hernández, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jesús Fernando García Hernández, diputado a la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo que dispone el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un capítulo III Bis a la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, con el propósito de fortalecer un sistema agroalimentario justo, saludable y sustentable, bajo la siguiente Exposición de Motivos

Antecedentes

La creación de la Comisión del Maíz en 1948, constituye la primera acción púbica de México para garantizar la producción de semillas certificadas de variedades mejoradas, como una medida nacionalista tendiente a incrementar los rendimientos de productividad por hectárea cultivada y continuar así por la ruta que llevara a nuestra nación a alcanzar desde entonces, la anhelada soberanía alimentaria.

Esta acción fue robustecida gracias al decreto legislativo de 1950, el cual amparó la constitución de la Comisión Nacional del Maíz, que entre otros beneficios; derivó en la construcción de 14 plantas de beneficio, además de almacenes para variedades de semillas mejoradas.

Al transcurso de la década, en abril de 1961 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se expedía la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, como un ordenamiento moderno que tenía por objeto principal regular el fomento de la agricultura mediante la producción, beneficio, registro, certificación, distribución, comercio y utilización de semillas de variedades de plantas útiles al hombre.

Entre otros preceptos, el ordenamiento en comento determinaba la creación de un organismo público descentralizado, con personalidad y patrimonio propio denominado Productora Nacional de Semillas, cuyo propósito era impulsar oficialmente la producción y utilización de semillas certificadas de variedades de plantas mejoradas.

Al paso de tres décadas, en julio de 1991 es publicada y entra en vigor una nueva Ley que bajo el mismo título derogó el ordenamiento anterior y determinaba que tenía como propósito regular los trabajos de investigación oficial para el mejoramiento de las variedades de plantas existentes; o para la formación de nuevas y mejores variedades, que sean directa e indirectamente útiles al hombre, así como la producción y el beneficio de las semillas certificadas y verificadas, además de la certificación y las actividades de distribución y venta de estos insumos y vigilar el cumplimiento de las normas técnicas referidas en la misma.

No obstante, la nueva Ley determinaba en uno de sus artículos transitorios que el organismo público descentralizado del Gobierno Federal denominado Productora Nacional de Semillas, conservaba la estructura y funciones establecidos en el ordenamiento derogado.

En diciembre del 2002, el Ejecutivo Federal envió a la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se proponía derogar diversos artículos de la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, que fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril de 1961, y de la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, publicada en el mismo medio informativo el 15 de julio de 1991. La propuesta legislativa en referencia, ordenaba asimismo la extinción por liquidación del organismo público...

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