Iniciativa parlamentaria que adiciona diversas disposiciones a las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, a fin de regular el uso de elementos de seguridad pública para labores de protección de servidores públicos., de 23 de Marzo de 2017

Que adiciona diversas disposiciones a las Leyes General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, suscrita por el diputado Jesús Sesma Suárez e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM

Quienes suscriben, Jesús Sesma Suárez y diputados del Partido Verde Ecologista de México, en la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un título décimo tercero De la Regulación para la Protección y Seguridad de los Servidores Públicos, a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y se adiciona un párrafo segundo al artículo 15 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, al tenor de la siguiente Exposición de Motivos

De acuerdo a lo señalado por un informe especial realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos en materia de seguridad, se define a la seguridad pública como el servicio que se le brinda a la ciudanía, a través de las medidas preventivas o de seguridad, que deben ser oportuna y eficazmente aplicadas por diversas corporaciones policiacas, con el objetivo fundamental de salvaguardar la integridad física, los bienes y derechos de las personas, así como preservar la libertad, el orden y la paz públicos; y que cuando por alguna circunstancia no se cumpla con dicho principio, esto es, que se atente contra alguno de esos derechos, sean las instituciones encargadas de procurar y administrar justicia las responsables de lograr pronta y expeditamente que se le resarza a dichas personas el pleno goce de los derechos que les fueron afectados, en plena armonía y aplicación de la ley.

En este orden de ideas, la seguridad pública es concebida como un conjunto de normas, acciones y políticas articuladas, las cuales tienen como finalidad garantizar la paz pública a través de la prevención y represión de los delitos, así como de aquellas faltas contra el orden público, por medio del control penal y policial.

Dentro de un sistema democrático las instituciones del Estado y los funcionarios públicos que las integran tienen como objetivo primordial salvaguardar la procuración de los derechos fundamentales de las personas, garantizando el mayor bienestar de la población a través del servicio a la comunidad; es por ello que los servidores públicos tienen una responsabilidad profesional y ética inherente al ejercicio mismo de sus funciones.

Derivado de lo anterior, las instituciones de seguridad del país deben tener como objetivo prioritario garantizar la integridad física de la población en general; nuestro país ha enfrentado en los últimos años una problemática sin precedentes en materia de seguridad pública; la falta de la misma ha generado un elevado costo...

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